Presidencia de la Nación

Responsabilidad Primaria


Prescribir, dirigir, coordinar, sustentar y evaluar el desarrollo y aplicación del Sistema de Contabilidad Gubernamental en el ámbito del Sector Público Nacional.

Acciones

  1. Ejercer las funciones de órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, conferidas por la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL y sus normas reglamentarias.
  2. Preparar anualmente la Cuenta de Inversión, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
  3. Coordinar con las provincias y con el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES los aspectos inherentes a los sistemas de información financiera que permitan consolidar la información contable de todo el Sector Público Nacional.
  4. Organizar y mantener un sistema permanente de compensación de deudas de los entes del Sector Público Nacional.
  5. Elaborar trabajos de investigación contable sobre la base de relevamientos de la legislación comparada a nivel nacional e internacional a los fines de perfeccionar la gestión del Sector Público Nacional.
  6. Mantener el Archivo General de la Documentación Financiera de la Administración Nacional.

Organigrama

Archivo General

Competencias

  1. Dictar las normas de contabilidad gubernamental para todo el sector publico nacional. En ese marco prescribirá la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contables financieros a producir por las entidades públicas;
  2. Cuidar que los sistemas contables que prescriba puedan ser desarrollados e implantados por las entidades, conforme a su naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de información de su dirección:
  3. Asesorar y asistir, técnicamente a todas las entidades del sector público nacional en la implantación de las normas y metodologías que prescriba;
  4. Coordinar el funcionamiento que corresponde instituir para que se proceda al registro contable primario de las actividades desarrolladas por las jurisdicciones de la administración central y por cada una de las demás entidades que conforman el sector público nacional;
  5. Llevar la contabilidad general de la administración central, consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, realizando las operaciones de ajuste y cierre necesarias y producir anualmente los estados contable-financieros para su remisión a la Auditoria General de la Nación;
  6. Administrar un sistema de información financiera que permanentemente permita conocer la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, así como los resultados operativo, económico y financiero de la administración central, de cada entidad descentralizada y del sector publico nacional en su conjunto;
  7. Elaborar las cuentas económicas del sector publico nacional, de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales;
  8. Preparar anualmente la cuenta de inversión contemplada en el art. 67, inc. 7 de la Constitución Nacional y presentarla al Congreso Nacional:
  9. Mantener el archivo general de documentación financiera de la administración nacional:
  10. Todas las demás funciones que le asigne el reglamento.

DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS

  1. Elaborar, proponer y mantener actualizado el modelo conceptual del sistema integrado de información financiera y las normas y procedimientos para el adecuado desarrollo y funcionamiento del mismo.
  2. Elaborar, proponer y actualizar criterios, normas, manuales, instructivos, estados y/o registros y metodologías que corresponde aplicar en relación al sistema de contabilidad gubernamental y que competan a la Contaduría General de la Nación como órgano rector del mismo.
  3. Establecer las pautas de relación entre el sistema integrado de información financiera central y los sistemas locales, velando por su actualización y mantenimiento.
  4. Analizar las normas complementarias, manuales e instructivos elaborados por las jurisdicciones y entidades a fin de determinar su coherencia con las dictadas por la Contaduría General de la Nación, y prestar asistencia técnica así como brindar asesoramiento a entidades públicas en temas inherentes a esta Dirección.
  5. Participar en el desarrollo de nuevos programas de computación y dirigir la confección, mantenimiento y control de los programas en operación.
  6. Coordinar con la Tesorería General de la Nación, la Oficina Nacional de Presupuesto y la Oficina Nacional de Crédito Público el dictado de normas que afecten al sistema de contabilidad gubernamental.
  7. Coordinar con las provincias la aplicación del sistema contable y de información financiera.
  8. Diseñar y mantener actualizado un sistema permanente de compensación de deudas intergubernamentales.
  9. Elaborar las normas y procedimientos básicos para administrar y mantener el archivo general de la documentación financiera de la Administración Nacional.

COORDINACIÓN DE SISTEMAS CONTABLES

  1. Participar en la definición y desarrollo de los sistemas informáticos que se desarrollan en materia de contabilidad gubernamental de modo que aseguren el cumplimiento de las normas vigentes.
  2. Coordinar acciones destinadas a promover la integridad, seguridad y confiabilidad de la base de datos del sistema integrado de información financiera.
  3. Coordinar el mantenimiento y actualización de los programas informáticos relativos al sistema integrado de información financiera.
  4. Participar en la elaboración y supervisión de toda la normativa vinculada a los sistemas de contabilidad.
  5. Determinar las pautas de diseño, desarrollo, funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de información financiera locales.
  6. Participar en las tareas de difusión y capacitación en las áreas de su competencia.

DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO CONTABLE

  1. Procesar la información financiera relativa a las transacciones que produzcan y afecten la situación económico-financiera de las jurisdicciones y entidades.
  2. Coordinar el registro contable y realizar las operaciones de ajuste y cierre necesarias a fin de elaborar los estados contables financieros de la Administración Nacional.
  3. Poner en funcionamiento y mantener actualizada la base de datos del sistema integrado de información financiera del Sector Público Nacional.
  4. Procesar la información relativa a la ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional.
  5. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas y con la Dirección de Análisis e Información Financiera la determinación e instrumentación de pautas que garanticen la correcta registración de las operaciones que afecten la situación económico-financiera de las jurisdicciones y entidades.
  6. Coordinar con la Dirección de Análisis e Información Financiera los contenidos y la periodicidad de la información financiera a producir.
  7. Asistir y asesorar técnicamente a entidades públicas en temas de su competencia.

COORDINACIÓN ÁREA RECURSOS Y GASTOS

  1. Coordinar el proceso de registro de información relativa a la ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional.
  2. Coordinar con las áreas competentes de la Tesorería General de la Nación y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, el correcto registro de los recursos.
  3. Coordinar con la Tesorería General de la Nación el registro de las operaciones no presupuestarias.
  4. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas y con la Dirección de Análisis e Información Financiera la determinación e instrumentación de pautas que garanticen la correcta registración de las operaciones de recursos y gastos.
  5. Participar en las tareas de difusión y divulgación relativas a áreas de su competencia.

COORDINACIÓN ÁREA DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS

  1. Coordinar el registro y análisis de las transacciones que se produzcan y afecten la situación económico-financiera de las jurisdicciones y entidades originadas en operaciones vinculadas a activos financieros y pasivos así como participar en la elaboración de los estados contables de la Administración Central, sus notas y cuadros anexos.
  2. Poner en funcionamiento y mantener actualizado un registro-inventario de activos financieros.
  3. Coordinar con la Oficina Nacional de Crédito Público la adecuada interrelación de ambos sistemas, asegurando la coherencia y consistencia de los criterios e información contenida en ellos.
  4. Verificar las conciliaciones bancarias diarias y realizar el seguimiento de los ajustes que resulten necesarios.
  5. Analizar la evolución de los Fondos Rotatorios y participar en la creación y/o modificaciones de los mismos.
  6. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas y con la Dirección de Análisis e Información Financiera la determinación e instrumentación de pautas que garanticen la correcta registración de las operaciones con activos financieros y pasivos.

COORDINACIÓN ÁREA CONTABILIDAD GENERAL

  1. Coordinar el análisis del registro de las transacciones que se produzcan y afecten la situación económico-financiera de las jurisdicciones y entidades, asegurando la adecuada contabilización de las operaciones y su impacto patrimonial.
  2. Coordinar la producción periódica de los estados contables de la Administración Central, sus notas y cuadros anexos.
  3. Elaborar el Balance General de la Administración Central que integre los patrimonios netos de los organismos descentralizados y empresas y sociedades del estado.
  4. Coordinar el análisis del registro de los bienes y otros activos del ESTADO NACIONAL.
  5. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas la revisión y actualización de los criterios de contabilización.

DIRECCIÓN DE ANÁLISIS E INFORMACIÓN FINANCIERA

  1. Analizar la información procesada y la coherencia, metodología y consistencia de los estados contable-financieros y económicos que produzca el sistema integrado de información financiera.
  2. Elaborar estados de información financiera que permitan realizar el seguimiento y evaluación de las políticas fiscales y conocer permanentemente la gestión presupuestaria de caja y patrimonial, así como los resultados operativos, económicos y financieros de la Administración Central, de cada entidad descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto.
  3. Elaborar informes adecuados a diversos tipos de usuarios, analizando la coherencia de los datos ingresados al sistema de contabilidad gubernamental y prestar asistencia y asesoramiento técnico a entidades públicas en los temas de su competencia. Elaborar periódicamente información de acuerdo a la metodología de las estadísticas de las finanzas públicas, y anualmente, las cuentas económicas del Sector Público Nacional.
  4. Coordinar anualmente, la preparación de la Cuenta de Inversión (Artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL).
  5. Analizar la consistencia financiera de la ejecución presupuestaria de la Administración Nacional así como de las modificaciones presupuestarias ingresadas al sistema integrado de información financiera.
  6. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas la revisión y actualización de los criterios de contabilización y la implantación del Sistema de Información Financiera en el ámbito Nacional y Provincial.
  7. Coordinar con la Dirección de Procesamiento Contable el envío de la información y los ajustes a realizar, y el adecuado registro de todas aquellas operaciones que afecten la situación económico-financiera de las entidades que integran el Sector Público Nacional.
  8. Coordinar con la Oficina Nacional de Presupuesto el análisis del comportamiento de los costos e indicadores de eficiencia de la producción pública y el cumplimiento de los objetivos y metas presupuestarias

COORDINACIÓN DE ESTUDIOS CONTABLES Y FINANCIEROS

  1. Coordinar la elaboración de informes periódicos o especiales conforme a los requerimientos de las autoridades, para Organismos Nacionales e Internacionales o para los terceros interesados, de acuerdo a los criterios contables, estadísticos o financieros que corresponda aplicar.
  2. Participar en la determinación de criterios para la elaboración de estados e informes económicos y financieros que permitan realizar el seguimiento y la evaluación de las políticas fiscales.
  3. Coordinar el análisis de los estados contable-financieros de la Administración Central.
  4. Coordinar la preparación de los estados, informes y comentarios sobre la gestión presupuestaria, financiera y patrimonial del Sector Público Nacional a incluirse en la Cuenta de Inversión, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 95 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, analizando su coherencia metodológica y consistencia.
  5. Coordinar el análisis de consistencia de la ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional.
  6. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas la revisión y actualización de los criterios de contabilización y la implementación del Sistema de Información Financiera, en el ámbito nacional y provincial.

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE SISTEMAS

  1. Evaluar el grado de aplicación de las normas, sistemas y procedimientos para el procesamiento contable y la coherencia de las salidas del sistema integrado de información financiera.
  2. Evaluar en las instituciones públicas, el grado de aplicación de las normas contables, manuales e instructivos del sistema de información financiera.
  3. Evaluar el sistema administrativo contable de las instituciones que integran la Administración Nacional.
  4. Analizar los procedimientos administrativos contables y los sistemas computarizados de procesamiento de datos de las instituciones y verificar la confiabilidad y oportunidad de la información y la transparencia con que refleja su gestión económico-financiera.
  5. Efectuar recomendaciones que contribuyan al perfeccionamiento de los sistemas contables, y asegurar el cumplimiento de las normas vigentes, a fin de garantizar la integración de la información del Sector Público Nacional.
  6. Elaborar normas de auditoría de sistemas a aplicar en las diferentes jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional.
  7. Asistir y asesorar técnicamente a entidades públicas en los temas de su competencia.

COORDINACIÓN DE AUDITORÍA DE SISTEMAS ADMINISTRATIVO CONTABLES

  1. Proponer e instrumentar normas y procedimientos de auditoría de sistemas contables y las acciones necesarias para su adecuación y concreción.
  2. Monitorear que la gestión del sistema contable se desarrolle dentro del marco normativo vigente con observancia de los principios de contabilidad y a las normas generales y particulares de contabilidad aplicables al Sector Público Nacional.
  3. Coordinar las tareas de análisis y control de la Dirección, a fin de verificar que los sistemas contables permitan que la producción de información generada sobre el comportamiento financiero del sector público sea oportuna y confiable.
  4. Efectuar recomendaciones que contribuyan al perfeccionamiento de los sistemas contables.
  5. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas la concepción lógica de los sistemas y procedimientos relacionados con el sistema de contabilidad gubernamental.
  6. Evaluar en las instituciones públicas el grado de aplicación de las normas contables, manuales e instructivos del sistema de contabilidad gubernamental.
  7. Verificar el proceso de conciliación bancaria producido en el Sistema Integrado de Información Financiera.

COORDINACIÓN DE AUDITORÍA DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

  1. Proponer e instrumentar normas y procedimientos de auditoría de sistemas informáticos relacionadas con el sistema de contabilidad gubernamental y las acciones necesarias para su adecuación y concreción.
  2. Entender en aspectos vinculados con la auditoria de la administración de la base de datos del sistema integrado de información financiera.
  3. Analizar la correcta integración de los sistemas de información locales con el sistema integrado de información financiera central.
  4. Evaluar el resultado y grado de aplicación de las normas y procedimientos lógicos de captura, procesamiento y salida de datos en el diseño y mantenimiento de la base de datos del sistema integrado de información financiera central y en los sistemas locales.
  5. Evaluar el funcionamiento de las redes de teleprocesamiento informático.
  6. Efectuar recomendaciones que contribuyan al perfeccionamiento de los sistemas informáticos.

COORDINACIÓN DEL ARCHIVO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

  1. Coordinar la recepción, custodia y expurgo de la documentación remitida al archivo, de acuerdo a los plazos y procedimientos establecidos por las normas legales vigentes.
  2. Coordinar acciones destinadas a promover la integridad, seguridad, y consistencia del sistema de información documental.
  3. Adoptar las medidas necesarias para mantener actualizado el sistema de información documental, desarrollando planes para su eficiente funcionamiento.
  4. Coordinar el análisis y el procesamiento de la documentación financiera, procediendo a su archivo en los soportes que corresponda.
  5. Coordinar con la Dirección de Normas y Sistemas el establecimiento e instrumentación de los criterios, procedimientos y normativa legal que corresponda a efectos de mantener el Archivo General de la Administración Nacional.
  6. Participar en las tareas de difusión y capacitación en temas relativos a áreas de competencia de la Coordinación.
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