Presidencia de la Nación

Fondo Nacional de la Vivienda (FO.NA.VI.)

Fondo para obras de vivienda, urbanización, infraestructura, servicios y equipamiento comunitario

Su organización actual corresponde a la Ley Nacional N° 24.464 promulgada el 27/03/95. La misma establece la creación del "Sistema Federal de la Vivienda”, compuesto por el FO.NA.VI. (Fondo Nacional de la Vivienda), los Organismos Ejecutores Provinciales (Institutos Provinciales de Vivienda -IPVs- o similares) y el Consejo Nacional de la Vivienda.


El Fondo Nacional de la Vivienda tiene como objetivo financiar total o parcialmente la compra y/o construcción de terrenos, viviendas, obras de urbanización, infraestructura, servicios y equipamiento comunitario. Se integra con los recursos correspondientes al porcentaje de la recaudación del impuesto sobre los combustibles que establece el artículo 18 de la Ley N° 23.966 y sus modificatorias.

El FONAVI se distribuye a cada provincia de acuerdo a los coeficientes de distribución fijos determinados en el artículo 5° de la Ley 24.464. Los ejecutores directos son los organismos autárquicos a nivel provincial (Institutos Provinciales de Vivienda o similares), quienes son responsables de la programación, ejecución, control, adjudicación y recupero de las inversiones realizadas. Asimismo, para la ejecución de los proyectos a financiar, pueden actuar directamente o requerir la participación de municipios, comunas o entidades intermedias.




La Ley N° 24.464 establece que el órgano competente en temas de vivienda del Poder Ejecutivo tendrá a su cargo auditar la aplicación de los fondos realizada por cada jurisdicción al final de cada ejercicio fiscal, con obligación de dar difusión de los resultados principalmente al Poder Legislativo Nacional y al Consejo Nacional de la Vivienda.

Por su parte, el Consejo Nacional de la Vivienda es el órgano asesor en materias vinculadas a la temática de la vivienda. Allí tienen representación el Estado Nacional y los IPV´s. Se reúne periódicamente en Asambleas Ordinarias y eventualmente puede convocar Asambleas Extraordinarias.


Las Auditorías anuales y su información

Las auditorías están orientadas a verificar la aplicación de los recursos del FONAVI con fiscalización de los aspectos financieros, sociales y tecnológicos que responden a las condiciones fijadas por la Ley.

Los informes de Auditoría sobre los Organismos Ejecutores son remitidos periódicamente a las Comisiones de Vivienda de ambas Cámaras Legislativas junto con un informe síntesis. Esto permite compilar año a año valiosa información sobre la política pública de vivienda.

De los informes realizados a los 24 institutos provinciales de vivienda se desprenden:

  • La situación institucional de cada organismo ejecutor (marco normativo, autoridades, planta de personal).
  • Las líneas de acción desarrolladas (proyectos FONAVI como así también operatorias enmarcadas en los diversos Programas Federales a los que la jurisdicción adhirió).
  • El estado de ejecución de las obras de viviendas, mejoramientos, infraestructura y/o equipamientos.
  • La evaluación de aspectos sociales (registro de la demanda, proceso de selección y adjudicación, precios de venta y cuotas de amortización, facturación y recuperos, escrituraciones).
  • El estado financiero contable (transferencias FONAVI acreditadas, ingresos por programas federales, otros ingresos, recuperos de cuota, inversión afectada a obras FONAVI, inversión afectada a obras de programas federales, egresos no afectados a obra, situación financiera al cierre del ejercicio).
  • La evaluación de las intervenciones realizadas (inspecciones de obras para verificar modalidad de licitación y contratación, las características constructivas, planes de trabajo, avances físicos, deficiencias, patologías, calidad de los proyectos).
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