Presidencia de la Nación

Defensor del usuario


De conformidad con lo establecido por la Ley N° 26.221/07, el Ente regulador contará con un Defensor del Usuario, cuya misión será representar institucionalmente los intereses de los usuarios en las audiencias públicas, así como en cuestiones contenciosas o de procedimientos administrativos en las que el Ente Regulador sea parte y los derechos de los Usuarios pudieran estar afectados por la decisión.

Su actividad no limitará la que desarrolle la Sindicatura de Usuarios en virtud de sus funciones y competencias. Deberá, por el contrario, representar sus criterios y posiciones.

El Defensor del Usuario será seleccionado por concurso público entre profesionales con la debida formación, competencia y antecedentes para el caso. No podrá ser removido en su cargo salvo por las causales que rigen para los Directores. Su remuneración será equivalente al nivel gerencial del Ente.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 54, apartado III, del Marco Regulatorio aprobado por la Ley Nº 26.221, se dispuso la realización de un Concurso Público y Abierto para la cobertura del cargo vacante de Defensor del Usuario del ERAS. Dicho proceso finalizó a través de la designación de la Dra. Ana Carolina Herrero.

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