Presidencia de la Nación

Certificar el nivel primario alcanzado (movilidad interjurisdiccional) o la totalidad de grados/años cursados y aprobados, y asignaturas previas pendientes (movilidad jurisdiccional)

Movilidad interjurisdiccional

En los casos en los que por traslado interjurisdiccional los/las alumno/as no hayan concluido el nivel primario conforme a la estructura vigente en la jurisdicción de origen en los términos del artículo 134 inciso b) de la ley N° 26.206 y acrediten la totalidad de los grados/años correspondientes a dicho nivel según la estructura de la jurisdicción receptora, ésta certificará en el momento de la matriculación, el nivel primario en base a la Tabla de Equivalencias del Anexo I de la Resolución CFE N° 18/07

Movilidad jurisdiccional

Toda vez que el/la alumno/a deba trasladarse a otra jurisdicción o a otra escuela de su misma jurisdicción, la escuela de origen deberá confeccionar un pase escolar que acredite la totalidad de grados/años cursados y aprobados en la misma como así también las asignaturas previas pendientes.

¿Qué necesito?

¿Cómo hago?

1) solicitá a la escuela el pase y el certificado de estudios.
2) Completá el certificado de pase y de Estudios y entregala a las autoridades del colegio.

Tené en cuenta

  • La constancia de pase sirve provisoriamente. Para formalizar la escolarización del alumno se requiere del certificado analítico parcial correctamente legalizado por las autoridades pertinentes.
  • Cabe aclarar que en los casos de movilidad interjurisdiccional, deberán constar las firmas de las autoridades del área educativa jurisdiccional.

Certificar el nivel de estudios


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