Presidencia de la Nación

COVID-19: Medidas tributarias provinciales - Formosa


27) Medida: Prórroga del régimen excepcional y transitorio de regularización de deudas fiscales devengadas al 31 de marzo de 2021

Norma: Decreto 90/2021

Descripción: Se autoriza a la Dirección General de Rentas a prorrogar hasta el 31 de agosto de 2021 el plazo para el acogimiento al régimen excepcional y transitorio de regularización de deudas fiscales devengadas al 31 de marzo de 2021, provenientes, entre otros, del impuesto sobre los ingresos brutos.

26) Medida: Plan extraordinario de regularización de deudas devengadas al 31 de marzo de 2021

Norma: Resolución General 21/2021

Descripción: se establece un plan extraordinario de regularización de deudas provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos y de los aportes al Instituto de Pensiones Sociales, sus intereses y multas, devengadas al 31 de marzo de 2021, incluidas las que se encuentren en proceso de fiscalización, determinación de oficio y/o discusión administrativa o judicial, en cualquiera de sus instancias.

El acogimiento al régimen se podrá efectuar hasta el 30 de junio del 2021 inclusive.

Las deudas incluidas en el plan se podrán regularizar de acuerdo a las siguientes condiciones:

  • Contribuyentes con base imponible anual del período anterior hasta $ 2.000.000: las deudas podrán regularizarse en hasta 36 cuotas mensuales, con un interés de financiación del 1% mensual y con la condonación del 100% de los intereses moratorios y multas que se encuentren firmes o no.

  • Contribuyentes con base imponible anual del período anterior de $ 2.000.001 o más: las deudas podrán regularizarse en hasta 36 cuotas mensuales, con un interés de financiación del 2% mensual. Asimismo, si la regularización es al contado, la condonación de los intereses moratorios y multas que se encuentren firmes o no será del 100%, y en el caso de realizarse en cuotas, la referida condonación podrá alcanzar el 70% de los intereses moratorios y el 50% de las multas.

25) Medida: Ingresos brutos - Diferimiento del pago

Norma: Resolución General 20/2021

Descripción: Se difiere el pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a los anticipos de abril y mayo del año 2021 por el término de 90 días para los contribuyentes con domicilio fiscal y asiento comercial en las ciudades de Formosa y Clorinda, con base imponible anual del período anterior hasta $ 2.000.000.

24) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 67/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 63/2020-DGR, hasta el día 31/01/2021 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

23) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 63/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 58/2020-DGR, hasta el día 20/12/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

22) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 58/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 53/2020-DGR, hasta el día 29/11/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

21) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 53/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 51/2020-DGR, hasta el día 08/11/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

20) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 51/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 49/2020-DGR, hasta el día 25/10/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

19) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 49/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 41/2020-DGR, hasta el día 11/10/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos

18) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 48/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 41/2020-DGR, hasta el día 20/09/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

17) Medida: Pago a cuenta de ingresos brutos respecto de productos y mercaderías que ingresan a la Provincia

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 47/2020

Descripción: Se establece un régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen a la Provincia de Formosa por cualquier medio y respondan a operaciones efectuadas a título de compraventa, permuta o dación en pago, remitidos por contribuyentes no inscriptos en el impuesto ante el Fisco Provincial.

A tal efecto, se dispone que deberán actuar como agentes de recaudación los funcionarios de los puestos de control camineros habilitados por la Dirección General de Rentas en los accesos a la Provincia.

Quedarán alcanzados por el presente régimen las personas humanas y/o jurídicas, sucesiones indivisas, y demás sujetos y entidades que emitan la documentación que respalda la operación de compraventa de los productos y mercaderías que ingresan a la Provincia, y/o que figure como remitente de los mismos.

La suma a ingresar será la resultante de aplicar a la base imponible, la alícuota del 3%.

16) Medida: Se autoriza a la Dirección General de Rentas para establecer categorías de riesgo fiscal

Norma: Ley 1.690

Descripción: Se faculta a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Formosa a establecer categorías representativas de los distintos niveles de riesgo fiscal, en las que se incorporarán a los contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales en función del grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y materiales a su cargo.

15) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 45/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 41/2020-DGR, hasta el día 30/08/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

14) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 41/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 038/2020-DGR, hasta el día 16/08/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

13) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 37/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 035/2020-DGR, hasta el día 02/08/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

12) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 35/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 030/2020-DGR, hasta el día 17/07/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

11) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 30/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 029/2020-DGR, hasta el día 28/06/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

10) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 29/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 027/2020-DGR, hasta el día 07/06/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

09) Medida: Exigencia de factura para el ingreso de mercaderías y productos a la provincia de Formosa.

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 26/2020

Descripción: se dispone que todo ingreso a la Provincia de Formosa, de productos o mercaderías de cualquier clase y especie, que responda a operaciones efectuadas a título de compraventa, permuta o dación en pago, deberá estar documentado con la factura o tique factura, además del remito o guía según corresponda, todos emitidos en la forma y con los recaudos establecidos en la Resolución General N° 1.415/2003 y sus modificatorias de AFIP, adherida por esta Dirección, por Resolución General 32/2019.

08) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 27/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 025/2020-DGR, hasta el día 24/05/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

07) Medida: Prórroga de la Feria Fiscal

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 25/2020

Descripción: se prorroga la Feria Administrativa ordenada por Resolución General N° 024/2020-DGR, hasta el día 10/05/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

06) Medida: Prórroga de feria fiscal administrativa

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 24/2020

Descripción: Se prorroga la Feria Administrativa establecida por Resolución General N° 23/2020 - DGR, hasta el día 26/04/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

05) Medida: Prórroga de feria fiscal administrativa

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 23/2020

Descripción: Se prorroga la Feria Administrativa establecida por Resolución General N° 19/2020 - DGR, hasta el día 12/04/2020 inclusive, con los mismos alcances y efectos allí dispuestos.

04) Medida: Declaración Jurada de Transporte de Cargas

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 22/2020

Descripción: se establece un régimen de información especial en relación a los productos y mercaderías que ingresan a la Provincia de Formosa, por cualquier medio de transporte, con el fin de acentuar el control de trazabilidad de bienes que circulan en la jurisdicción, en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria.

03) Medida: Gestión Web

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 21/2020

Descripción: Se establece que a partir del día 20 de marzo del año 2020 y hasta que se disponga lo contrario, las Áreas de Atención al Público de la Dirección General de Rentas contarán con un esquema reducido de atención presencial. Durante este lapso, los trámites, consultas, y requerimientos de información que se indican en el Anexo I de la presente y los que con posterioridad se habiliten en la página web de esta Dirección, sólo podrán gestionarse por los canales virtuales implementados. A los fines de realizar los trámites detallados en el Anexo I de la presente, los contribuyentes deberán tener constituido el domicilio fiscal electrónico establecido por el Art. 18° del Código Fiscal de la Provincia y su reglamentación Resolución General Nº 18/2016.

02) Medida: Prórroga de vencimiento impuesto Inmobiliario Rural

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 20/2020

Descripción: Se prorroga el vencimiento establecido por el artículo 3° de la Resolución General Nº 64/2019 de esta Dirección, para el pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario Rural, hasta el día 29 de abril del 2020, inclusive. Los contribuyentes y/o responsables que cancelen en efectivo el importe total de la primera y segunda cuota hasta la fecha de vencimiento fijada en el párrafo precedente, quedarán eximidos del pago de la tercera cuota del impuesto correspondiente a dicho ejercicio

01) Medida: Feria fiscal extraordinaria

Norma: Resolución General (DGR Formosa) 19/2020

Descripción: Se establece que entre los días 18/3/2020 y 31/3/2020, inclusive, no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes, ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Formosa, vinculados con la determinación, fiscalización y percepción de los tributos y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y formales relacionadas con los mismos. Se destaca que la suspensión no implica la prórroga de los vencimientos de impuestos.

Se dispone que los plazos previstos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante dicho período comenzarán a regir a partir del primer día hábil administrativo siguiente a la finalización del período de feria extraordinaria.

Se aclara que las disposiciones de la presente Resolución General no modifican los términos de prescripción de las acciones y poderes del Fisco para reclamar tributos.

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