Presidencia de la Nación

COVID-19: Medidas tributarias - Convenio Multilateral


10) Medida: Se dispone levantar la declaración de días inhábiles para el cómputo de plazos procesales y la utilización de la Mesa de Entradas Virtual para la presentación de actuaciones

Norma: Resolución General (CA) 13/2020

Descripción: La Comisión arbitral dispone el levantamiento, a partir del 1/12/2020 de la declaración de días inhábiles a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral.

Se dispone que también desde el 1/12/2020 y mientras se encuentre vigente el decreto presidencial que ordena el “aislamiento social preventivo y obligatorio” se tendrá como único y excluyente medio de presentación de actuaciones administrativas la “Mesa de Entradas Virtual” de la comisión Arbitral.

09) Medida: Entrada en vigencia del RUT desde el 1/9/2020 para las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Norma: Resolución General (CA) 9/2020

Descripción: se establece a partir del 1/9/2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario - Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del convenio multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego, A. e I.A.S..

08) Medida: Prórroga del vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual CM05 Período 2019

Norma: Resolución General (CPCM) 15/2020

Descripción: Se establece que el vencimiento para la presentación de la declaración anual jurada -Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2019 operará el día 30 de junio de 2020, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme a la resolución general 10/2019.

07) Medida: Sistema de Recaudación SIRCREB. Aclaración

Norma: Comunicación “C” (BCRA) 87164

Descripción: El BCRA comunica a las Entidades Financieras que la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral informó que los ingresos en concepto de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), Asignación Universal por Hijo (AUH) y Salario Complementario-Decreto N° 332/20 no se encuentran en ningún caso alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y, por lo tanto, las transferencias efectuadas por dichos conceptos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deben exceptuarse de la retención bancaria del SIRCREB.

Asimismo, esa Comisión Arbitral ha decidido solicitar para el caso de que las entidades financieras intervengan en la operatoria de “Créditos a Tasa 0” -Decreto N°332/20- para monotributistas y autónomos, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada como consecuencia de la pandemia del virus COVID-19, que los ingresos vinculados con tales asistencias financieras sean también excluidos de la retención referida.

06) Medida: Se ratifica la prórroga de la presentación y pago II.BB.

Norma: Resolución General (CA) 5/2020

Descripción: La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral ratifica la prórroga de la fecha de vencimiento para la presentación y pago del anticipo 3/2020 del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes sujetos a las normas del Convenio Multilateral -en las condiciones dispuestas oportunamente por la Disp. de Presidencia de la Comisión Arbitral 4/2020-.

05) Medida: Se prorroga la declaración de días inhábiles

Norma: Resolución General (CA) 4/2020

Descripción: La Comisión Arbitral extiende hasta el día 26 de abril de 2020 la declaración de días inhábiles en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, sin perjuicio de la validez de los actos que sean cumplidos o que se cumplan. En ese mismo orden, se establece que la declaración de días inhábiles será automática por el tiempo que dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

04) Medida: Prórroga para la presentación mensual de DDJJ y pago

Norma: Disposición de Presidencia 4/2020

Descripción: Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación mensual de las DDJJ - Formularios CM03 y CM04 - y los pagos respectivos del Impuesto sobre los II.BB. correspondiente al anticipo del mes de marzo de 2020, para los contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral cuya actividad se realice exclusivamente en las jurisdicciones adheridas a la presente disposición, y que hayan registrado en el año 2019 ingresos total país menos o igual a pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000).

Se aclara que en el caso de que alguna jurisdicción haya dictado una norma concediendo una prórroga en los vencimientos de pago del impuesto sobre los II.BB. para contribuyentes del régimen de Convenio Multilateral, será de aplicación esa norma jurisdiccional.

03) Medida: Prórroga feria fiscal

Norma: Disposición (CA) 3/2020

Descripción: Se dispone extender hasta el 8/4/2020 inclusive la declaración de días inhábiles, a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral.

02) Medida: Prórroga de entrada en vigencia del Registro Único Tributario – Padrón Federal

Norma: Resolución General 3/2020

Descripción: Se prorroga al 1° de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario – Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los II.BB. con jurisdicción sede en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

01) Medida: Feria Fiscal

Norma: Resolución General 1/2020

Descripción: Se declaran inhábiles los días 18 a 31 de marzo de 2020 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.

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