Presidencia de la Nación

COVID-19: Medidas tributarias provinciales - CABA


51) Medida: Beneficios impositivos para la transformación del Área Céntrica de la Ciudad de Buenos Aires

Norma: Ley 6.508 - (COVID - 19)

Descripción: Se establece como objetivo la transformación urbana del Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como un área urbana residencial, a través de la promoción al desarrollo de actividades económicas estratégicas, con la finalidad de mejorar las condiciones de habitabilidad, cohesión social y reequilibrio territorial, y que tendrán beneficios impositivos.

Respecto del impuesto sobre los ingresos brutos se prevé la exención para los primeros 2 años de vigencia de la presente ley para las siguientes actividades:

  • Centros de enseñanza
  • Centros de enseñanza de idiomas
  • Instalaciones deportivas, gimnasios y natatorios
  • Lavanderías y tintorerías
  • Peluquerías y centros de tratamiento de belleza
  • Centros de estética y similares
  • Centros veterinarios
  • Residencias geriátricas
  • Residencias universitarias y comunitarias

50) Medida: Se exime del pago del impuesto sobre los ingresos brutos a la actividad de cine por los meses de octubre a diciembre de 2021

Norma: Ley 6.464

Descripción: Se exceptúa del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, correspondiente a los ingresos obtenidos en los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2021, a los sujetos que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de exhibición de filmes y videocintas (Código 591300).

49) Medida: Beneficios en Ingresos Brutos y ABL para gimnasios y actividad de guías de turismo.

Norma: Ley 6.426

Descripción: Déjase sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales por los períodos 06/2021, 07/2021 y 08/2021 del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, respecto de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño de los establecimientos destinados al servicio de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.

48) Medida: Beneficios en el ABL para salones de fiestas y eventos

Norma: Ley 6.427

Descripción: Déjase sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales por los periodos 06/2021, 07/2021 y 08/2021 del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, respecto de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño de los establecimientos destinados al servicio de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.

47) Medida: Beneficios en el ABL para cines, teatros, locales de baile “c”

Norma: Ley 6.425

Descripción: Déjase sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales por los periodos 06/2021, 07/2021 y 08/2021 del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, respecto de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño de los inmuebles donde se desarrollen las actividades denominadas como cine, teatro, locales de baile clase “C”, centros culturales y academias de danza.

46) Medida: Exención en ingresos brutos para la actividad de servicios de internación

Norma: Ley 6.419

Descripción: Se exime del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, correspondientes a los anticipos de los meses comprendidos entre mayo y junio del año 2021, ambos inclusive, a los contribuyentes o responsables que desarrollen la actividad de “Servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental” (Cód. 861010).

45) Medida: Ingresos brutos - Exención para gastronómicos

Norma: Ley N° 6.418

Descripción: Exímese del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondientes a los anticipos de los meses comprendidos entre mayo y julio del 2021 inclusive a los contribuyentes o responsables que desarrollen las actividades codificadas de acuerdo con el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), que se detallan a continuación:
a) Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Código N° 561011);

b) Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (Código N° 561012);

c) Servicios de "fastfood" y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Código N° 561013);

d) Servicio de expendio de bebidas en bares (Código N° 561014); e) Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p (Código N° 561019); f) Servicio de expendio de helados (Código Nº 561030).

44) Medida: Ingresos brutos - Exención para sanatorios

Norma: Ley N° 6.419

Descripción: Exímese del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondientes a los anticipos de los meses comprendidos entre mayo y junio del año 2021, ambos inclusive, a los contribuyentes o responsables que desarrollen la actividad de “Servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental” contemplada en el Código N° 861010 del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES).

43) Medida: Alivio fiscal para el sector hotelero

Norma: Ley 6.409

Descripción: Se disponen medidas de alivio fiscal para el sector hotelero ante la pandemia de COVID-19.

Al respecto, se deja sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales por los períodos de abril a setiembre del año 2021 del impuesto inmobiliario y de la tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, respecto de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño de los inmuebles donde se desarrollen las actividades de hotelería, alojamiento, pensiones, albergues transitorios y/o moteles.

42) Medida: Prórroga del plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano.

Norma: Resolución N° 26/21

Descripción: Se prorroga el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano, correspondientes a las operaciones realizadas en el período comprendido entre los días 1° de marzo y 31 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive, independientemente de las características del servicio turístico prestado.

41) Medida: Plan de facilidades - Determinadas obligaciones tributarias

Norma: Resolución 2/21

Descripción: se establece un plan de facilidades de pago respecto de las obligaciones tributarias en mora del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y del Impuesto sobre Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales hubieran operado en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.

40) Medida: Prórroga de la suspensión de medidas cautelares y/o ejecutorias

Norma: Decreto 347/2020

Descripción: Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, la abstención por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de solicitar medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales.

39) Medida: Beneficios fiscales para la construcción

Norma: Ley N°6.323

Descripción: Se exceptúa del pago de las cuotas 5/2020 y 6/2020 de los contribuyentes y/o responsables inscriptos en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen las actividades de construcción.

Asimismo, se establece un diferimiento en el pago del gravamen por la generación de residuos áridos y afines no reutilizables y en los derechos de delineación y construcción para quienes inicien y obtengan permiso de obra entre el 15/9/2020 y el 15/9/2021.

Por último, se establecen exenciones en el pago de los derechos de desarrollo urbano y hábitat sustentable, dependiendo del tipo de obra.

38) Medida: Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad gastronómica

Norma: Ley N°6.324, Resolución (AGIP) 236/2020

Descripción: se exime del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, entre el mes de septiembre de 2020 y el mes de febrero de 2021, a la actividad gastronómica.

Al respecto, las actividades incluidas en la presente exención son las siguientes:

  • Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Código 561011);

  • Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (Código 561012);

  • Servicios de “fastfood” y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Código 561013);

  • Servicio de expendio de bebidas en bares (Código 561014);

  • Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p (Código 561019);

  • Servicio de expendio de helados (Código 561030).

37)Medida: Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes - Prórroga

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 232/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 31/03/2021, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

36) Medida: Prórroga Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 231/2020

Descripción: se prorroga hasta el día 20 de enero de 2021, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas percibidas por los Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano, correspondientes a las operaciones realizadas en el período comprendido entre los días 1° de marzo y 31 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive, independientemente de las características del servicio turístico prestado.

35) Medida: Feria Fiscal

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 226/2020

Descripción: se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 10 de agosto y 14 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.

34) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 221/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 28 de julio de 2020 y 7 de agosto, ambas fechas inclusive.

33) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 217/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 20 y 27 de julio de 2020, ambas fechas inclusive.

32) Medida: Sujetos no residentes que prestan servicios digitales con efectos económicos en CABA

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 216/2020

Descripción: se prorroga hasta el 01/01/2021 la entrada en vigencia de la Resolución N° 312- GCABA-AGIP/2019 que establece que las entidades que faciliten o administren pagos al exterior de los servicios previstos en el artículo 179 del Código Fiscal vigente a favor de sujetos prestadores no residentes en el país, actuarán como agentes de liquidación e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponda a los prestatarios de tales servicios en su carácter de responsables sustitutos.

31) Medida: Impuesto inmobiliario y ABL de los meses de junio y julio de 2020,

Norma: Ley 6.315, y Resolución (AGIP) 220/2020

Descripción: se exceptúa del pago de las cuotas mensuales del impuesto inmobiliario y ABL de los meses de junio y julio de 2020, a los locales comerciales que desarrollen actividades de venta de bienes muebles y prestaciones de servicios no exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio. El beneficio también alcanza a los locales de actividades gastronómicas, como así también para inmuebles donde se desarrollan actividades de hotelería, alojamiento, pensiones, geriátricos, albergues transitorios y/o moteles.

30) Medida: Prórroga de la suspensión de solicitar medidas cautelares y/o ejecutorias

Norma: Decreto 253/2020

Descripción: Se prorroga, hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive, la abstención por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de solicitar medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales.

29) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 210/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 30 de junio y 17 de julio de 2020, ambas fechas inclusive.

28) Medida: Habilitación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) para realizar determinados procedimientos

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 206/2020

Descripción: Se dispone que, durante el desarrollo de los procedimientos tributarios vinculados con la fiscalización de los tributos, la determinación de oficio del impuesto sobre los ingresos brutos y/o del impuesto de sellos, la repetición y/o compensación de tributos y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y/o formales, podrá utilizarse la modalidad de tramitación a distancia del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE).

Las notificaciones, emplazamientos, requerimientos, intimaciones y cualquier otra clase de comunicación destinada a los contribuyentes y/o responsables, que se hallen vinculadas con los procedimientos detallados, se deberán efectuar preferentemente por medio de comunicaciones informáticas dirigidas al Domicilio Fiscal Electrónico.

27) Medida: Se prorrogan determinados impuestos y contribuciones

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 205/2020

Descripción: se prorroga, hasta el 31/8/2020, determinados impuestos y contribuciones, entre los que se incluyen:

  • El pago de las cuotas 4/2020, 5/2020, 6/2020, 7/2020 y 8/2020 de la contribución por el uso y la ocupación de la superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros/as, cuyos vencimientos originales operaron en el período comprendido entre el día 13 de abril y 10 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.

  • Las cuotas de los planes de facilidades de pago correspondientes a los gravámenes ambientales, embarcaciones deportivas o de recreación, y gravámenes por la ocupación o uso de la vía pública con estructuras tubulares de sostén para andamios, locales destinados a la venta de edificio en propiedad horizontal y vallas provisorias, cuya cancelación solo se efectúa de modo presencial, cuyos vencimientos operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 30 de agosto, ambas fechas inclusive.

Asimismo, se prorroga hasta el 31/7/2020 el segundo vencimiento de las cuotas del plan de facilidades de pago, cuyos segundos vencimientos operaron en el período comprendido entre los días 31 de marzo y 30 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

26) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 202/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 23 y 29 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

25) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 197/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 9 de junio y 28 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

24) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 195/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 26 de mayo y 8 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

23) Medida: Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes - Prórroga

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 194/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 30/08/2020, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

22) Medida: Prórroga Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 192/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 21 de agosto de 2020, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas percibidas por los Agentes de Recaudación del Derecho de Uso Urbano.

21) Medida: Anticipo tributario extraordinario

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 189/2020; RESOLUCIÓN (DGR) 784/2020

Descripción: Se implementa el Anticipo Tributario Extraordinario, el cual consiste en un adelanto a cuenta del pago del Imp. sobre los Ingresos Brutos, de carácter voluntario.

El monto a abonar en carácter de Anticipo Tributario Extraordinario será el equivalente a la sumatoria del tributo declarado en los Anticipos 1 (uno), 2 (dos) y 3 (tres) del ejercicio fiscal 2020 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en forma previa a las deducciones de los pagos a cuenta, las retenciones y/o percepciones sufridas y/o los saldos a favor reconocidos por el Organismo Fiscal.

El reconocimiento del crédito fiscal para aquellos contribuyentes y/o responsables que ingresen el Anticipo Tributario Extraordinario en el plazo fijado por el artículo 5° de la presente Resolución ascenderá al treinta por ciento (30%) del importe ingresado.

20) Medida: Prórroga para el ingreso de determinadas obligaciones

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 188/2020

Descripción: Se prorroga el plazo para el ingreso de determinadas obligaciones, entre otras, cuotas Nº 4/2020 y Nº 5/2020 de la Contribución por el Uso y la Ocupación de la Superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros/as; cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial, cuyos vencimientos operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 24 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.

19) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 187/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días entre el 12 y 24 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.

18) Medida: Ley de Emergencia Económica y Financiera

Norma: Ley N° 6.301, Decreto N° 210/2020, Resolución (AGIP) 220/20, Resolución (AGIP) 236/20

Descripción: en lo relacionado a temas impositivos se faculta al Poder Ejecutivo a:

  • Establecer bonificaciones y descuentos de tributos empadronados, liquidados por el organismo fiscal, a fin de incentivar el pago anticipado de las cuotas con vencimiento en el segundo semestre del período fiscal 2020.

  • Reconocer un crédito fiscal para aquellos contribuyentes que anticipen el pago de los gravámenes.

  • Se dispone que el Gobierno de la Ciudad se abstendrá de solicitar medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales hasta el 30 de junio de 2020.

17) Medida: Prórroga en el Impuesto de Sellos

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 183/2020

Descripción: se establece que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo y 21 de abril de 2020 no deberá ser computado en la determinación del importe adeudado en concepto del Impuesto de Sellos, exclusivamente respecto de aquellos instrumentos celebrados con fecha anterior al día 20 de marzo del corriente año, presentados o que se presenten para su inscripción por ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

16) Medida: Prórroga para la presentación de declaraciones juradas y pago

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 178/2020

Descripción: se establecen prórrogas para la presentación y pago de determinadas obligaciones: Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad; cuotas de los Planes de Facilidades de Pago normados por las Leyes Nº 5.616 y N° 6.195, exclusivamente respecto de los acogimientos por los cuales se regularizan obligaciones tributarias en mora derivadas de diferencias de empadronamiento de inmuebles; pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial y de aquellos normados por el Decreto Nº 606/1996; entre otras obligaciones.

15) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 177/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 28 de abril y 11 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.

14) Medida: Prórroga para el pago de planes de facilidades por mora de obligaciones tributarias originadas en diferencias de empadronamiento de inmuebles

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 174/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 27/04/20 el plazo para el pago de los planes de facilidades de pago normados por las Leyes 5.616 y 6.195, exclusivamente por obligaciones tributarias en mora derivadas de diferencias de empadronamiento de inmuebles, cuyos vencimientos operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 26 de abril de 2020.

13) Medida: Prórroga para la presentación DDJJ Agentes de Recaudación Impuesto de Sellos

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 173/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 27/04/20 el plazo para la presentación de las DD.JJ. y el depósito de las sumas retenidas por los Escribanos Públicos en su carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento original operó el día 10 de abril de 2020

12) Medida: Se prorrogan determinados impuestos y contribuciones

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 168/2020

Descripción: se establece una prórroga, hasta el 27/4/2020, para determinados impuestos y contribuciones, entre los que se incluyen:

  • declaraciones juradas y el depósito de las sumas retenidas por los agentes de retención de la contribución por publicidad, correspondientes al período marzo de 2020;

  • el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación solo se efectúa de modo presencial;

  • cuota 4/2020 del impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, excepto respecto a los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al Sistema de Control Especial;

  • cuota 2/2020 del impuesto de patentes sobre vehículos en general, excepto respecto a los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al Sistema de Control Especial;

  • cuota 4/2020 de la contribución por el uso y la ocupación de la superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros/as; y

  • declaraciones juradas y el depósito de las sumas recaudadas por los encargados del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios en su carácter de agentes de recaudación del impuesto de patentes sobre vehículos en general.

11) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 166/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 14 y 27 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

10) Medida: Prórroga para la presentación de DDJJ y pago II.BB.

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 165/2020

Descripción: Se prorroga el plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del tributo correspondiente al Anticipo 3/2020 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operan entre los días 13 y 17 de abril de 2020, exclusivamente respecto de los contribuyentes y/o responsables comprendidos en la Categoría Locales.

09) Medida: Prórroga para la presentación de DDJJ - Agentes de Recaudación Impuesto Sellos

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 164/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 27 de abril de 2020 el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas recaudadas por los Encargados del Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios en su carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento opera el día 10 de abril de 2020.

08) Medida: Prórroga para la presentación y pago de determinados regímenes de retención.

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 163/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Escribanos Públicos en su carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento opera el día 10 de abril de 2020.

Se prorroga hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento opera el día 10 de abril de 2020.

07) Medida: Prórroga para pago del Impuesto Inmobiliario, ABL, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y Patentes sobre Vehículos en General

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 161/2020

Descripción: Se prorroga hasta el día 17 de abril de 2020 el plazo para el pago de la Cuota Nº 4/2020 del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, cuyos vencimientos originales operan los días 7 y 14 de abril de 2020.

Se prorroga hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la Cuota Nº 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales operan los días 8 y 15 de abril de 2020. Se aclara que si la fecha establecida anteriormente resultara día no laborable para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

06) Medida: Prórroga para pago en término de gastos y honorarios por planes de facilidades de pago

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 160/2020

Descripción: Se considera abonados en término hasta el día 15 de abril de 2020, los gastos y los honorarios correspondientes a acogimientos a planes de facilidades de pago regulados por la Ley Nº 6.195, el Decreto Nº 606/1996 y las Resoluciones N° 2722/SHYF/2004 y Nº 250/AGIP/2008, sus modificatorias y complementarias, cuyos vencimientos operaron entre los días 20 de marzo y 8 de abril de 2020, ambas fechas inclusive. Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

05) Medida: Suspensión de plazos procedimentales

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 151/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se computan, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 1 y 13 de abril de 2020, ambas fechas inclusive. Quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley Nacional N° 27.430.

04) Medida: Prórroga abono en término impuesto Inmobiliario, ABL y Mantenimiento y Conservación de Sumideros

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 145/2020

Descripción: Se considera abonada en término, hasta el día 27 de marzo de 2020, la Cuota N° 3/2020 del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, correspondiente a los contribuyentes y/o responsables que hubieren sido incorporados al Sistema de Control Especial (S.C.E.) por Resolución N° 4191-DGR/2007 y sus modificatorias, cuyo vencimiento original operó el día 20 de marzo de 2020.

03) Medida: Prórroga de inclusión al Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes de II.BB.

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 144/2020

Descripción: Se prorroga, hasta el día 31 de mayo de 2020, la inclusión de los contribuyentes y/o responsables nominados por la Resolución N° 2447-DGR/2019 dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, implementado por la Resolución Nº 161-GCABA-AGIP/2019.

02) Medida: Prórroga de vencimientos para planes de facilidades de Pago

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 143/2020

Descripción: Se prorroga, hasta el día 15/4/2020, el plazo para el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación solo se efectúa de modo presencial, operando los vencimientos originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 14 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

01) Medida: Feria fiscal administrativa

Norma: RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 139/2020

Descripción: Se establece que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 16 y 31 de marzo de 2020, ambas fechas inclusive.

Se aclara que quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario establecido en el Título IX de la Ley Nacional N° 27.430.

Scroll hacia arriba