Presidencia de la Nación

Suspensión temporaria del corte de servicios por falta de pago


Los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrán ser suspendidos por falta de pago (hasta 3 facturas consecutivas o alternas) durante un lapso de 180 días. Esta medida incluye a MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Scroll hacia arriba