Presidencia de la Nación

Etiqueta Recurso de apelación
Trámite Recurso de queja
Solución Improcedencia
Organismo Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal - Sala III
Autos
PRAXAIR ARGENTINA S.A. S/ RECURSO DE QUEJA
Sumario
La CNDC desestimó parte de la prueba ofrecida por las empresas investigadas, luego de la imputación por la presunta comisión de prácticas anticompetitivas, por considerar que excedían las necesarias para fundar sus descargos y extenderse más allá del período investigado. Contra dicha decisión una de las empresas interpuso recurso de reconsideración con apelación en subsidio. La CNDC resolvió no hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto en lo relativo a las pruebas informativa y pericial y rechazó el recurso de apelación, en aplicación del art. 33 de la LDC que establecía específicamente que las decisiones del Tribunal de Defensa de la Competencia en materia de prueba eran irrecurribles. La Cámara de Apelaciones consideró que la mencionada norma era clara y que esa disposición también alcanzaba a aquellas resoluciones que sobre esa materia adoptara la CNDC en virtud de lo establecido en el art. 58 de la LDC. Por lo tanto y ante la existencia de una norma que preveía en forma expresa que la decisión sobre la prueba era irrecurrible, no cabía como principio acudir a las normas del CPPN, dado que la supletoriedad estaba señalada para los casos no previstos y en cuanto fueran compatibles con las disposiciones de la LDC. Consideró que tampoco correspondía aplicar al art. 449 del CPPN, dado que el propio art. 33 de la LDC, ya establecía la irrecurribilidad. Por ello se desestimó la queja deducida.

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