| Etiqueta | Sanciones |
| Trámite | Recurso de apelación |
| Solución | Procedencia |
| Organismo | Cámara Federal de Apelaciones de Salta |
| Autos | |
| Círculo Odontológico de Jujuy s/Infracción Ley 25.156, Expte. 251/12- Cámara Federal de Apelaciones de Salta |
| Sumario | |
| La resolución de la SC que sancionó al CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY por prácticas anticompetitivas fue apelada. La Cámara de Apelaciones resolvió hacer lugar al recurso de apelación y revocar la resolución de la SCI en cuanto a la imposición de la multa a dicha entidad. La Cámara de Apelaciones –principalmente- entendió lo siguiente: (i) Ponderó el artículo 1137 del Código Civil e infirió que los profesionales que integran el Círculo se habían organizado para prestar sus servicios estando dentro de los objetivos de dicha asociación civil el de obtener condiciones de trabajo más beneficiosas. (ii) Luego de una medida cautelar y a lo largo del procedimiento, se dejó sentado que en la práctica ningún profesional quedó efectivamente excluido; (iii) no fue explicado qué parte de la población de Jujuy tuvo restringido su acceso al mercado o quiénes habían negado la posibilidad de acceder a prestaciones odontológicas; (iv) concluyó que la estrategia comercial del Círculo no consistió en un abuso de posición dominante hábil para manipular artificialmente la oferta y demanda de los servicios odontológicos de Jujuy; (v) No fue probada la posición dominante del Círculo. |