| Dictamen N° |
77 |
| Fecha Dictamen |
28/03/2017 |
| Resolución N° |
345 |
| Fecha Resolución |
05/05/2017 |
| Autos |
BANCO PATAGONIA S.A. Y OTROS S/ NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 8 LEY 25.156 |
| Principales características de la operación analizada |
El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA adquirió ciertos activos de BANCO PATAGONIA S.A. |
| Infracción/Antecedente |
La operación se notificó con un día de retardo, ya que hubo una demora de dos horas en la presentación del formulario F1, que se contabilizó como un día hábil administrativo. |
| Criterio y stándard de análisis de CNDC |
Atenuantes: 1. La operación no era contraria al art. 7 de la LDC; 2. Las partes se presentaron a notificar la operación espontáneamente y colaboraron con los pedidos de información que les solicitó la CNDC; 3. No se detectaron indicios de maniobras para ocultar la operación y evitar la notificación; 4. No se configuró "gun jumping"; 5. Las partes no presentaban antecedentes de otras notificaciones tardías. |
| Sanción |
Al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA se le impuso una multa de $ 5.000. Esta sanción fue apelada y confirmada por la Cámara de Apelaciones. |