Instructivo
Luego de la firma del contrato, la empresa puede comenzar con la presentación de los "Informes de Avance Técnico" del proyecto acompañado de la "Rendición de gastos" certificada por Contador Público Nacional (CPN) y por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).
Siempre que el proyecto se encuentre en los plazos de ejecución establecidos, la dinámica de presentación de informes de avance y desembolsos queda a criterio de la empresa (excepto en aquellos proyectos que por sus características particulares, el FONTAR exija la presentación obligatoria de un informe técnico parcial una vez alcanzada una determinada etapa, lo cual quedará establecido en el dictamen de aprobación del proyecto).
En el informe de avance técnico se deben describir las tareas realizadas en cada etapa del proyecto y un porcentaje estimado de ejecución de cada una de ellas. Las etapas del proyecto son las que figuran en el presupuesto aprobado y se deben respetar al momento de informar el estado de avance. Si hubieran modificaciones en las mismas se deben informar y justificar desde el punto de vista técnico.
Los informes de avance tienen un formato determinado y una información mínima requerida. No obstante, la empresa podrá anexar la información técnica complementaria que crea conveniente (ampliaciones, documentos, fotografías, etc.) para aportar mayor claridad sobre las tareas realizadas y el estado en que se encuentra el proyecto. Cuando se rindan gastos de recursos humanos, se deberán respetar los porcentajes de dedicación de acuerdo a como fueron aprobados. En caso de diferencias, se deberán justificar desde el punto de vista técnico.