Presidencia de la Nación

Presentación de declaraciones juradas. Preguntas frecuentes


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¿Cuáles son los formularios que debo presentar?

La presentación se realiza completando y firmando los Formularios F-1245 y F-1246.

  • Formulario F-1245: contendrá tu información personal, patrimonial y tus antecedentes laborales. Se transmite electrónicamente a través de un aplicativo alojado en la web de ARCA.
    Si presentás los formularios de declaración jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias Régimen General y/o Bienes Personales en la ARCA, para el formulario de la DJPI Anual el sistema capturará la información de esas declaraciones juradas impositivas.
    El aplicativo no migra los datos de los formularios de Ganancias Régimen Simplificado ni de REIBP -Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales-. En ese caso, tenés que ingresar la información manualmente

  • Formulario F-1246: debe contener los datos de tu cónyuge, conviviente o hijos menores, y lo completás sólo en el caso de que los tengas. Este formulario es un archivo con formato pdf editable y no se transmite electrónicamente.
    Si tu grupo familiar no cuenta con patrimonio, solamente debés completar sus datos identificatorios e incorporar al sobre el Formulario F-1246 firmado, junto con el Formulario F-1245.

¿De dónde descargo el Formulario F-1246?

El formulario F-1246 en formato .pdf, que se completa manualmente, se descarga haciendo clic acá.

Descargué el Formulario F-1246 pero cuando lo abro, sale una leyenda que dice “Please wait…” y no me deja verlo, ¿qué hago?

Este formulario sólo puede ser utilizado en notebooks o computadoras de escritorio. No funciona en teléfonos móviles.
Para el correcto funcionamiento del archivo F-1246, debés seguir los siguientes pasos:

  • Descargalo.

  • Guardalo de manera local en tu computadora –posicionate sobre el archivo y con el botón derecho del mouse, desplegá el menú y seleccioná “guardar como”.

  • Abrilo desde la ubicación donde lo guardaste.

Es importante que cuentes con una versión actualizada del Acrobat Reader o de la aplicación que utilices para visualizar archivos en formato .pdf.

¿Cómo hago para presentarla por primera vez?

Seguí estos pasos:

  1. Ingresá al sitio web de ARCA. Asegurate de tener clave fiscal de –al menos- nivel 2.

  2. Accedé a “Mis Aplicaciones Web” (en caso de no encontrar esta sección, escribí “Mis Aplicaciones Web” en el buscador de la página y agregalo) y luego la opción “Nuevo” de la solapa superior.

  3. Identificá el organismo: Oficina Anticorrupción. Luego, seleccioná el Formulario: F-1245 – DJ Patrimonial Integral.

Si corresponde que presentes el Formulario F-1246, como es un documento fuera de línea, lo podés descargar haciendo clic aquí.

Si tu grupo familiar no cuenta con patrimonio, solamente debés completar sus datos identificatorios e incorporar al sobre el Formulario F-1246, junto con el Formulario F-1245.

Importante:
Si por algún motivo, la composición de tu grupo familiar cambia luego de presentada la DJPI, no tenés que modificar esa presentación. En la próxima DJPI introducí los datos actualizados del mismo.

¿Cómo selecciono el período a declarar?

En los casos de DJPI Iniciales y Bajas, debés completar el campo “Período” del formulario con el año en que se produjo el inicio o cese en el cargo o función por el que declarás. Por ejemplo, para un egreso ocurrido en octubre de 2025, la DJPI será de tipo “Baja” y el período “2025”.

Si la DJPI es Anual, debes completar el campo “Período” del formulario con el año al que corresponde la declaración.

Debo presentar una Declaración Jurada anterior al año 2016 ¿Cómo debo hacerlo y qué período tengo que consignar en el formulario?

Previo al año 2017, sólo existía el formulario de DJPI de tipo ANUAL para presentar todas las obligaciones (sean iniciales, anuales o bajas).

A partir de dicho año, se introdujeron los formularios F-1245 de tipo INICIAL y BAJA (aprobados mediante la Resolución 23-E/2017).
Por ello:

  • En caso de que tengas que regularizar presentaciones de DJPI (iniciales, anuales o bajas) anteriores a 2012, se completan a través del Sistema OANET. Hacé clic en DDJJ online.

  • Las DJPI iniciales del año 2012 también se completan a través del sistema anterior. Hacé clic en DDJJ online.

  • Para confeccionar una DJPI inicial correspondiente a los años 2013 a 2016, debés seleccionar como período a declarar, el año anterior al de tu inicio en el cargo o función. Por ejemplo, para una DJPI Inicial 2013 debés seleccionar el período 2012.

  • En el caso de que debas presentar DJPI anuales o bajas correspondientes a los años 2012 a 2016, tenés que seleccionar el período correspondiente al año que necesitás declarar.

Para la confección de una DJPI correspondiente al año 2017 o a años posteriores, debes seleccionar dentro del Formulario F-1245, el tipo de declaración jurada (inicial, anual o baja) y el año que corresponda.

¿La información se completa manualmente o el sistema la toma de las declaraciones juradas de ARCA?

Para la presentación de una DJPI inicial, anual o baja correspondiente al año 2016 o a años anteriores:

  • Si presentaste las declaraciones impositivas de Ganancias Régimen General y Bienes Personales, el Formulario F-1245 capturará parte de esa información y te solicitará algunos datos adicionales como, por ejemplo: números de tarjetas de crédito, metraje y domicilio de los inmuebles, etc.

  • Si no presentaste esas declaraciones impositivas, debés cargar manualmente la información que requiere el formulario, teniendo en cuenta tu situación patrimonial y de intereses al 31 de diciembre del período fiscal que corresponda.

Si iniciaste o cesaste tu función durante el año 2017 o con posterioridad:

  • Tenés que cumplir con la presentación a través del Formulario F-1245 inicial o baja (según corresponda). En ambos casos, el sistema es independiente de la información fiscal previamente cargada en el sitio web de la ARCA y debés consignar los datos requeridos a la fecha en la que comenzaste o cesaste en tus funciones.

  • En caso de baja por cese en el cargo, además de tu patrimonio, debés declarar los ingresos percibidos y gastos incurridos durante ese año hasta la fecha de cese.

Para las DJPI anuales correspondientes al año 2017 o posteriores:

  • Si presentás los formularios de Declaración Jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias Régimen General y/o Bienes Personales en la ARCA, para el formulario de la Declaración Jurada Patrimonial Integral Anual el sistema capturará la información de esas Declaraciones Juradas Impositivas.

  • El aplicativo no migra los datos de los formularios de Ganancias Régimen Simplificado ni de REIBP -Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales-. En ese caso, tenés que ingresar la información manualmente

Si tenés dudas, accedé al manual de usuario de presentación inicial, al manual de usuario de presentación de baja o al manual de usuario de presentación de anual.

¿Qué información debo declarar?

Debés declarar:

  • Tus datos personales.

  • Tus datos patrimoniales:

    1. Bienes propios, gananciales y los que integren sociedades de hecho, ya sea que se encuentren ubicados en el país o en el extranjero. Deben incluirse los inmuebles, muebles registrables, depósitos bancarios, inversiones, dinero en efectivo, títulos, acciones, participación en sociedades, etc., determinando su valor actual, de adquisición y título de origen.
    2. Tarjetas de crédito.
    3. Ingresos por rentas y por trabajos (en las DJPI anuales y de baja).
    4. Ingresos por venta de activos (en las DJPI anuales y de baja).
    5. Deudas y acreencias.
    6. Gastos (en las DJPI anuales y de baja).
  • Tus datos laborales: antecedentes profesionales, laborales de los últimos tres (3) años y detalle de todas las actividades actuales, indicando dedicación horaria.

  • Incompatibilidades y conflictos de intereses: tenés que declarar bajo juramento que no te encontrás en una situación de incompatibilidad o de conflictos de intereses y que te abstendrás de tomar intervención en los supuestos en que estos pudieran configurarse.

La DJPI contiene datos públicos y datos reservados. El sistema desglosa automáticamente tales datos y solo se publican los primeros.

¿Qué datos son reservados y no se publican en internet?

Los datos reservados, si bien se cargan en el formulario electrónico, no se publican en la página web de la OA y solo se puede acceder a ellos a requerimiento de autoridad judicial o del Titular de la Oficina Anticorrupción, previa resolución fundada del Ministerio de Justicia.

Estos están reflejados en los Formularios F-1245 y F-1246, que se imprimen y se incluyen en el sobre cerrado. Este sobre, según cual sea tu cargo, queda en poder del área de recursos humanos de la jurisdicción donde te desempeñaste o bajo la guarda de la OA (si sos un funcionario de jerarquía superior).

Se incluyen en el anexo reservado los antecedentes profesionales, laborales y otras actividades, los datos patrimoniales sensibles vinculados a los bienes declarados (ubicación detallada de los inmuebles, números de cuentas bancarias o tarjetas de crédito, cajas de seguridad, etc.) y los datos patrimoniales de tu cónyuge o conviviente y de tus hijos menores de edad.

Presenté mi Declaración Jurada Inicial, ¿debo presentar la Declaración Jurada Anual correspondiente al año de inicio en el cargo?

Si presentaste una DJPI Inicial, debés presentar también la DJPI Anual correspondiente al año en que iniciaste funciones (la cual vence al año siguiente), sin importar el tiempo transcurrido entre la fecha de asunción y el 31 de diciembre de ese año.

Esta obligación rige siempre que te hayas encontrado en funciones al 31 de diciembre del año que se declara.

La DJPI Anual debe contener la información correspondiente a todo el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año que se declara, con independencia de la fecha de ingreso al cargo.

Importante:
Deben declararse los ingresos y gastos de todo el año, aún cuando provengan de otro empleador y se hayan devengado con anterioridad al ingreso.

Comencé a hacer la Declaración Jurada, cerré la sesión y ahora no la encuentro ¿Cómo la recupero?

Para buscar los Formularios F-1245 en estado “borrador” o “presentados”, debés ingresar a “Mis Aplicaciones Web” y dirigirte a “Buscar” en el margen izquierdo de la pantalla. Luego elegí la opción “Oficina Anticorrupción” en Organismo y “F.1245 – DJ Patrimonial Integral” en Formulario. El resto de los casilleros debés dejarlos en blanco y presionar el botón “Aceptar”.

El sistema va a mostrarte todas las DJPI que se encuentren disponibles con tu CUIT.

Si se encuentra en estado “borrador”, sobre el menú de la izquierda en “Acciones”, seleccioná “Editar” para continuar con la carga de los datos.

Importante:
Si no seguís los pasos indicados e intentás iniciar nuevamente una DJPI que ya habías comenzado a completar, el sistema mostrará esta leyenda: “Existe una Declaración Jurada en estado BORRADOR o EN PROCESO o CON ERROR para el tipo de declaración ingresada y para la fecha XX/XX/XXXX. Puede recuperarla con Buscar y ejecutar las acciones disponibles.“

Terminé de completar mi DJPI, pero al querer transmitirla, el sistema de ARCA indica errores y no puedo presentarla ¿Cómo resuelvo esto?

Los errores cometidos al completar la DJPI, aparecen detallados en el margen superior del aplicativo o como pantalla emergente. De tratarse de errores de carga, debés revisar los datos que el sistema te indique, corregirlos e intentar presentar nuevamente la declaración.

Si el problema persiste, enviá un correo electrónico a [email protected], indicando el motivo de tu consulta y una captura de la pantalla que indica el error, así podemos orientarte para solucionarlo.

De tratarse de errores informados por varios usuarios, te lo haremos saber. Caso contrario, vamos a solicitarte que realices una consulta web a ARCA para que vean tu caso porque, podría tratarse de un problema específico de tu CUIT.

Necesito imprimir Declaración Jurada Patrimonial Integral transmitidas ¿Cómo hago?

Si estás buscando una DJPI F-1245 ya transmitida y solo necesitás imprimirla, sobre el menú de la izquierda en “Acciones”, seleccioná “PDF” para descargar el archivo de la DJPI y luego “Acuse” para descargar el archivo de la constancia de transmisión electrónica.

Importante:
Si no seguís los pasos indicados e intentás iniciar nuevamente una DJPI que ya presentaste, el sistema mostrará esta leyenda: “Existe un formulario en estado PRESENTADO para el tipo de declaración ingresada. Puede recuperarlo con Buscar y ejecutar las acciones disponibles.“

¿Cómo realizo la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral ante el ente u organismo donde cumplo o cumplí funciones?
  • Imprimí el Formulario F-1245 y dos ejemplares del acuse de recibo, que es la constancia de la transmisión electrónica a la ARCA. Si sos casado, estás conviviendo en pareja y/o tenés hijos menores, tendrás que sumar la impresión del Formulario F-1246.

  • Firmá los formularios en todas sus hojas, colocalos en un sobre cerrado.

  • Rotulá el sobre con la carátula que podés encontrar haciendo clic aquí y completá la información que identificará el contenido -no olvides completar el Nro. de transacción-. Abrochá uno de los acuses de recibo (con firma y aclaración) por fuera del sobre.

  • Si presentás más de una Declaración Jurada Patrimonial Integral, recordá que debés entregar un sobre distinto por cada una de ellas. Es decir, un sobre por cada período y tipo (inicial, anual o baja), que incluya el Formulario F-1245 y el Formulario F-1246 correspondiente.

  • Entregá el sobre en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos de la entidad en la que trabajás. Al hacer efectiva la presentación, la autoridad que la recepcione te entregará uno de los ejemplares del “acuse de recibo” que imprimiste, debidamente firmado, que te quedará como constancia de cumplimiento.

  • Si adeudás presentaciones de períodos anteriores, por otro cargo en un organismo diferente al actual, debés entregar la documentación en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos de la entidad donde se generó la obligación.

¿Qué pasa si transmití mi Declaración Jurada, pero no la presente impresa y firmada en mi organismo?

El procedimiento de presentación no se considera cumplido (y la obligación queda pendiente), si no se presentan los Formularios F-1245 y F-1246 en papel, debidamente suscriptos, en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos de tu organización.

Importante:
Recordá que si modificás una declaración jurada luego de haber entregado el sobre en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos, tenés que repetir este trámite y presentar la nueva DJPI en papel (no olvides incluir el Formulario F-1246, si corresponde). Ello pues la última declaración jurada transmitida y presentada en soporte papel, debidamente firmada, es la que tiene validez.

Presenté mi Declaración Jurada Patrimonial Integral y advertí errores, ¿cómo hago para modificar los datos?

La forma de corregir los datos de las declaraciones juradas anuales depende de la forma en que hayas completado el formulario:

  • Si el sistema tomó los datos de tus declaraciones impositivas, primero debés corregir los datos en esas declaraciones (DDJJ de Ganancias Régimen General y/o Bs. Personales). Una vez que las presentes, podés rectificar el Formulario F-1245.
    En caso de tener un Formulario F-1245 rectificativo en borrador, confeccionado previo a la modificación de las DDJJ impositivas, deberás eliminarlo desde el menú “Acciones” que se encuentra a la izquierda de la pantalla. Caso contrario, el sistema no tomará los cambios introducidos.
    Al momento de ingresar a rectificar el Formulario F-1245, chequeá que la información que haya migrado desde los formularios impositivos corresponda a la última presentación realizada (por ejemplo, verificando el número de transacción).

  • Si completaste el Formulario F-1245 cargando los datos de forma manual, debés ingresar a “Mis Aplicaciones Web” y buscar la declaración jurada que querés corregir. Sobre el menú de la izquierda en “Acciones”, seleccioná “Rectificar”. Modificá los datos que consideres y volvé a presentar el Formulario F-1245.

En caso de que necesites corregir datos de declaraciones juradas iniciales o de baja, el procedimiento es el mismo que el indicado para los casos de carga de datos de forma manual.

Importante:
Recordá que si modificás una declaración jurada luego de haber entregado el sobre en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos, tenés que repetir este trámite y presentar la nueva DJPI en papel (no olvides incluir el Formulario F-1246, si corresponde). Ello pues la última declaración jurada transmitida y presentada en soporte papel, debidamente firmada, es la que tiene validez.

Presenté mi Declaración Jurada Patrimonial Integral pero me equivoqué en la fecha de inicio en el cargo ¿Cómo hago para modificarla?

Para corregir la fecha de inicio en el cargo declarada, tenés que ingresar a “Mis Aplicaciones Web” y buscar la declaración jurada que querés corregir. Sobre el menú de la izquierda en “Acciones”, seleccioná “Rectificar”.

En la primera pestaña de la DJPI vas a ver el tipo de DJPI (Inicial/Anual/Baja) y la fecha de inicio declarada.

Para modificar esa fecha tenés que ingresar en la segunda pestaña, “Datos Personales y laborales”.

Una vez que ingreses en esa pantalla, tenés que ir al apartado “Datos de actividades actuales y antecedentes laborales de los últimos 3 años anteriores a su designación” y modificar la fecha errónea, ingresando a editar los datos del cargo que motiva la presentación. Una vez realizada la modificación, presioná “Grabar”.

Recordá que, además de modificar la fecha, para el caso de la DJPI Inicial, de corresponder, debés actualizar los valores del patrimonio de tu declaración jurada original, ya que los montos que debe contener esta DJPI, son los saldos/valuaciones a la fecha de inicio en el cargo o función que motivan dicha presentación.

Por último, una vez que realices la presentación de la rectificativa, recordá entregar el sobre con la documentación en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos de tu entidad u organismo.

Importante:
Solo se podrá modificar la fecha si se encuentra dentro del período presentado, es decir, si se trata, por ej., de una DJPI Inicial “2023”, el sistema permitirá modificar la fecha dentro de ese año (01/01 al 31/12). Si el error consistió en el año consignado, deberás confeccionar una nueva declaración jurada, ya que el campo “período” no es editable, así como tampoco el “tipo” de DJPI.

¿Qué sucede si resulto obligado a presentar Declaración Jurada Patrimonial Integral por más de un cargo?

Si te encontrás obligado a presentar una DJPI por un cargo y asumís una nueva función por la que también resultás obligado, NO debés presentar dos DJPI.

Por ejemplo, sos obligado por el cargo de “Coordinador” en un organismo, por el cual presentaste tu DJPI Inicial. Dos meses después del inicio de tus funciones, te nombran “Integrante de comisión”, cargo por el cual también resultás obligado. En este caso, como ya estás incluido en el Universo de Obligados, no debés presentar nuevamente una DJPI.

Al momento de confeccionar tu próximo Formulario F-1245, deberás consignar, en el apartado “Datos de actividades actuales y antecedentes laborales de los últimos 3 años”, ubicado al final de la solapa “Datos personales y laborales”, que tanto tu cargo como tu función te obligan a la presentación de DJPI. De esta forma, tu situación quedará reflejada en el formulario correspondiente.

Si ambas funciones se desempeñan en un solo organismo, debés presentar un solo sobre con la documentación en el área de Administración, Personal o Recursos Humanos de la entidad en la que trabajás.

En cambio, si las funciones corresponden a dos organismos distintos, debés presentar el sobre de la DJPI ante uno de ellos —aquel en el que comenzaste a desempeñarte— y entregar en el otro una copia del acuse de recibo firmado por el área receptora, a fin de acreditar el cumplimiento de la obligación.

¿Puedo presentar más de una Declaración Jurada Patrimonial Integral Inicial o de Baja en un mismo año calendario?

De encontrarte en esta situación, en la que se produzcan iniciales y bajas dentro del mismo año, NO debe rectificarse la primera transmisión.

El sistema permite confeccionar más de una DJPI Inicial o Baja para el mismo año calendario. Es decir, podés presentar una Inicial Enero/2026 y posteriormente, otra Inicial Junio/2026.

Importante:
Si entre un cargo y otro transcurrieron menos de 30 días hábiles, no debés presentar la DJPI de Baja por el cargo anterior y la DJPI Inicial por el nuevo, ya que se considera que existe continuidad como sujeto obligado.

¿Qué sucede si incumplo mi obligación de presentar una Declaración Jurada Patrimonial Integral?

El incumplimiento de esta obligación reviste suma gravedad.

Si te encontrás en ejercicio del cargo o función y no presentás tu DJPI, esto da lugar a las sanciones previstas en la normativa.

Primero, el organismo donde te desempeñas te intimará a que la presentes en un plazo máximo de quince (15) días.

De no hacerlo, pueden retenerte haberes, iniciarte un sumario administrativo o aplicarte otro tipo de sanción disciplinaria, dado que la omisión de presentación constituye una falta grave.

Si ya cesaste en el cargo o función y no presentás tu DJPI una vez intimado y vencido el plazo para hacerlo, esto da lugar a la denuncia penal prevista por el Código Penal en su art. 268 (3). Además, no podés reingresar a la función pública conforme lo dispuesto por el art. 9 de la ley 25188.

En todos los casos, aparecerás en la lista de funcionarios incumplidores, que publica la Oficina Anticorrupción en su página web.

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