Si fabricás o importás productos textiles y/o calzados para comercializarlos en Argentina, tenés que comercializar los etiquetados correctamente, según la normativa vigente, para que los posibles usuarios puedan encontrar información sobre su calidad, medidas y denominación de origen, entre otros.
Para aquellos productos importados que ingreses al país, y que no cumplan con los requisitos de etiquetado establecidos por la Resolución 549/2021 para etiquetado de productos textiles y la Resolución 465/2018 para etiquetado de calzado, debés solicitar una autorización de re-etiquetado para adaptarlos al mercado local (AML). Aprobada la solicitud, podés retirar los productos para realizar el etiquetado adecuado.
Una vez etiquetados y habiendo dado aviso a nuestra Dirección Nacional de Reglamento Técnicos, los productos ya se encuentran en condiciones para ser comercializados dentro de la Argentina.
Mirá el instructivo para saber cómo realizar todas las presentaciones.
¿Qué necesito?
¿Cómo hago?
Para realizar la Apertura del trámite de AML y poder liberar tus productos de la Aduana:
- Iniciá el trámite “Adaptación al Mercado Local (AML) No eléctrico - APERTURA", en TAD.
- Completá la información sobre apoderamiento.
- Adjuntá la siguiente documentación:
- Declaración Jurada de Apertura:
- Para productos textiles: Formulario de apertura 850 textiles
- Para calzados: Formulario de apertura 850 calzados
- Otra documentación, de ser necesaria.
- Folletería del producto, de modo que el analista comprenda el mismo.
- Conocimiento de embarque (B/L), en caso de corresponder.
- Factura.
La Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos emitirá una nota de aceptación la cual te será notificada vía TAD con la que vas a poder retirar la mercadería de aduana para su adaptación.
Una vez liberada la mercadería por aduana contás con 30 días hábiles para realizar la adaptación de los productos y posteriormente presentar el cierre de AML, donde se presenta a la autoridad de aplicación el cumplimiento de las exigencias de cada reglamento técnico.
Para realizar el Cierre del trámite de AML y poder comercializar tus productos:
- Iniciá el trámite “Adaptación al Mercado Local (AML) No eléctrico - CIERRE”, en TAD con Clave Fiscal.
- Completá la información sobre apoderamiento.
- Adjuntá la siguiente documentación:
- Declaración Jurada de Cierre:
- Para productos textiles y calzado: Formulario de Cierre 850
- Despacho Oficializado.
- Copia de la nota de Apertura solicitada, junto con la nota de aceptación correspondiente.
- Otra documentación, si corresponde.
Después de presentado el cierre de AML, la mercadería debe permanecer en el depósito declarado, disponible a piso, durante 5 días hábiles para poder ser inspeccionada en caso de que la autoridad lo considerara necesario. Luego de dicho plazo, podrás disponer de los productos para su comercialización.
Para solicitar una Excepción a la adaptación:
- Iniciá el trámite “Adaptación al Mercado Local (AML) No eléctrico - EXCEPCIÓN” en TAD con Clave Fiscal.
- Completá la información sobre apoderamiento.
- Adjuntá la siguiente documentación:
- Declaración Jurada de Excepción:
- Para productos textiles: Formulario de excepción 850 textiles
- Para calzado: Formulario de excepción 850 calzado
- Folletería del producto.
- Factura correspondiente a cada embarque.
- Otra documentación, que respalde lo declarado en la DJ.
La Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos emitirá una nota de respuesta, la cual te será notificada vía TAD. Si dicha nota es de aceptación, con la misma vas a poder retirar la mercadería de aduana.
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito