Para realizar trámites y gestiones, es indispensable que tus datos personales y relaciones familiares estén actualizadas en ANSES. Vas a poder consultar tu información personal en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
¿A quién está dirigido?
A cualquier persona que necesite realizar un trámite en ANSES.
¿Qué necesito?
Para acreditación de datos de hijo
- Partida de nacimiento de tus hijos. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuadas del visado, traducción y legalización, como así también de la acotación o apostilla.
- DNI de tus hijos y de ambos progenitores.
- En el caso de un hijo adoptado: testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI de tu hijo y de los padres adoptantes.
Para acreditación de matrimonio, divorcio y separación
Matrimonio:
- Acta, partida o certificado de matrimonio. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida.
- DNI de ambos cónyuges.
Divorcio vincular o separación personal:
- Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.
- DNI.
Separación de hecho:
- Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.
- DNI.
Para acreditacion de convivencia y convivencia previsional
Convivencia:
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Contar con una sentencia o resolución judicial (sentencia judicial, información sumaria judicial) o una constancia de registro civil o juez de paz (declaración jurada, acta de convivencia, unión civil, unión convivencial) o concurrir a ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia, debiendo presentar al menos uno de los siguientes documentos:
- Póliza de seguro de la/ del titular, donde la persona conviviente figure como titular de la prestación o cotitular.
- Contrato de vivienda familiar, debidamente estampillado o timbrado, de donde surja que ambos conviven bajo el mismo techo.
- Comprobante de Obra Social de la persona titular, donde la persona conviviente figure como titular de la prestación.
- Partidas de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
- En el DNI de ambos tiene que figurar el mismo domicilio.
- Información sumaria judicial con dos testigos.
- DNI de los convivientes, y en el caso que corresponda, de los testigos.
Convivencia previsional:
Al fallecer un miembro de la pareja, para acceder a la pensión se debe:
- Comprobar la convivencia hasta el momento en que se produjo la muerte.
- Demostrar la duración del vínculo por un período de al menos 5 años o de 2 años en el caso de tener hijos en común.
Cómo acreditar la convivencia previsional
Opción 1 - Presentar una de las siguientes pruebas:
- Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria Judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes).
- Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere.
- Partida de matrimonio de argentinos celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente.
- Unión Civil.
Opción 2 - Presentar al menos tres de las siguientes pruebas:
- Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante.
- Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación el conviviente.
- DNI de ambos, donde figure que poseen el mismo domicilio. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá DNI de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES.
- Orden de pago previsional o comprobante de pago previsional donde el conviviente figure como apoderado para percibir o para tramitar y percibir.
- Partida de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
- Una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia:
- Póliza de seguro, donde figure persona concubina como titular de la prestación.
- Contrato de locación familiar, debidamente sellado o timbrado, en donde figure que ambos conviven en el mismo domicilio.
- Documentos de tarjeta de crédito, en los que figure que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son cotitulares de la tarjeta.
- Documentación del banco de una cuenta corriente o caja de ahorros, en la que figure que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son cotitulares de la cuenta.
- Servicios públicos a nombre del conviviente, en los que figure que ambos convivientes tienen el mismo domicilio.
Acreditacion de otros vínculos
Menores a cargo por la AUH
Para registrar el vínculo de un niño o adolescente menor de 18 años o mayor con discapacidad por parte de un abuelo, hermano o tío (parientes por consanguinidad hasta el tercer grado).
- DNI del niño o adolescente menor y del familiar que lo tenga a cargo.
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Información sumaria judicial o informe emitido por el Ministerio de Desarrollo Social donde conste:
- La relación de consanguinidad entre ambos.
- La convivencia con la persona menor de 18 años o mayor con discapacidad que se encuentra a su cargo, indicando que no existe guardador, tutor o curador designado judicialmente.
- La fecha de inicio de la relación.
Tutela
Para registrar el vínculo con personas menores de 18 años cuando no estén a cargo de la madre o padre:
- Testimonio de tutela o copia de la sentencia, o certificado expedido por autoridad judicial.
- DNI de la persona menor y del tutor.
Guarda
Para registrar el vínculo con personas menores de 18 años que se encuentran a cargo de una persona física o institución:
- Testimonio o copia de la sentencia de guarda, certificado de guarda expedido por autoridad judicial.
- DNI de la persona menor y del guardador.
Tenencia legal
Para registrar el vínculo con menores de 18 años que se encuentran a cargo de uno de los padres por sentencia judicial:
- Testimonio o copia de la sentencia.
- DNI del menor y de quien posea la tenencia.
Tenencia de hecho
Para registrar el vínculo con personas menores de 18 años que se encuentran a cargo de la madre o padre, por acuerdo entre ellos:
- Acuerdo de partes realizado ante una mediadora o mediador matriculado en el Ministerio de Justicia de la Nación, ante Escribano Público o ante la Justicia competente o través del Formulario de Conformidad de Tenencia, que se realiza en una oficina de ANSES con los padres presentes, o un acuerdo privado con firma certificada por Escribano Público, entidad bancaria o Autoridad Judicial competente.
- DNI del hijo y de los padres.
Curatela
Para registrar el vínculo con personas mayores de 18 años insanas:
- Testimonio o copia de la sentencia.
- DNI de ambos.
¿Cómo hago?
Para hacer el trámite por internet
Revisá la documentación que tenés que presentar para cada trámite e inicia una Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, en la opción Acreditación/modificación de datos personales y/o familiares.
Para hacer el trámite en una oficina
También podés realizar este trámite de forma presencial en una oficina de ANSES, sin turno.
Si sólo tenés que modificar tu domicilio y datos de contacto, podés hacerlo a través de mi ANSES.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito