Presidencia de la Nación

Si producís, importás o exportás sustancias químicas y/o compuestos químicos orgánicos, y superás los límites de cantidad establecidos por la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), obtené un certificado para poder comercializarlas.

¿Qué necesito?

  • Haber producido, consumido, elaborado, exportado, importado o transferido algún químico de los que figuran en este documento durante el año anterior a la presente declaración.

  • Haber producido más 30 toneladas de compuestos químicos orgánicos que contienen fósforo, azufre o flúor, y/o más de 200 toneladas de otro compuesto orgánico no listado durante el año anterior a la presente declaración.

  • En caso de ser un depósito o una planta industrial, contar con habilitación municipal.

  • Contar con el certificado de importador/exportador (según corresponda).

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD.

  2. Adjuntá una nota de solicitud y la declaración jurada de Actividades Previstas para el Registro de Armas Químicas.

  3. Vas a recibir una notificación por el buzón de TAD una vez que el trámite sea procesado.

Contacto:

  • Dirección – Mesa de Entradas: Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11 y 12 (C.A.B.A.). De lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hs.
  • Teléfono: (011) 4349-3488
  • Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia

12 meses

El registro debe renovarse anualmente. Tiene vigencia desde el 01/02 hasta el 31/01 del año siguiente.

Descargas

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