Si contrajiste matrimonio y tus haberes se encuentran alcanzados por el régimen de asignaciones familiares, podrás tramitar el cobro de la asignación correspondiente, la cual se abona por única vez a ambos cónyuges.
El beneficio podrá solicitarse dentro de los dos (2) años posteriores a la fecha de matrimonio.
En caso de residir en el exterior, no corresponderá el pago de asignaciones familiares.
¿A quién está dirigido?
A retirados y pensionistas militares beneficiarios del IAF que residan en el país y hayan contraído matrimonio, cuyos haberes estén dentro de los topes vigentes establecidos para el cobro de las asignaciones familiares y que no se encuentren percibiéndolas por ninguna otra entidad.
¿Qué necesito?
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DNI del titular y su cónyuge.
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Constancia de CUIL/CUIIT del titular y su cónyuge.
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Acta de matrimonio.
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Constancias de antecedentes laborales del titular del beneficio del IAF que deberás solicitar en ANSES:
* Certificación negativa.
* Historia laboral.
* Registro Único de Beneficiarios (RUB).
* CUNA. -
Si te desempeñas en relación de dependencia o percibís un beneficio previsional, deberás adjuntar el recibo de haberes.
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Si sos monotributista, deberás presentar la constancia de la categoría en que te encontrás inscripto y ticket del importe abonado.
¿Cómo hago?
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De manera presencial: acercate con la documentación requerida a la sede central del IAF, Cerrito 572 – CABA o las Delegaciones del Interior, en el horario de 08:00 a 13:00 horas.
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De manera telefónica: comunicate a nuestro call center 0810-222-2423 en el horario de 08:00 a 18:00 horas y un operador te indicará cómo completar el trámite.
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Por correo postal: enviá la copia de la documentación requerida junto al Formulario de Declaración Jurada de Asignaciones Familiares e Ingresos en formato original (disponible en descargas) al Instituto de Ayuda Financiera - Div. Salario Familiar - Cerrito 572 (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Por SIC (Sistema Integrado de Consultas): si estás registrado en nuestro portal eIAF Beneficiarios o en la App eIAF, ingresá con tu CUIL y contraseña, dejanos tu solicitud en el apartado "Sistema Integrado de Consultas" y personal de Atención al Público te indicará los pasos a seguir para realizar el trámite.
Si no estas registrado, podés conocer cómo hacerlo en el siguiente instructivo:
Conocé cómo registrarse -
¿Cuál es el costo?
Gratuito
Vigencia
Podés solicitar la asignación por matrimonio dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha del casamiento.
Descargas
- Declaración Jurada de Asignaciones Familiares e Ingresos (pdf,332.6 Kb) Descargar archivo