Presidencia de la Nación

Es el trámite por el cual se solicita la rubrica de los libros de ópticas.

¿A quién está dirigido?

Director de establecimiento.

¿Qué necesito?

  • Libro anterior

  • Libro a rubricar (deberás tener a mano ambos porque tenés que completar la cantidad de hojas o páginas que tiene)

  • En caso de no ser el Director Técnico quien solicite el trámite, el tercero debe hacerlo con autorización firmada por aquel.

  • Disposición de habilitación.

  • Disposición por la que se nombra el Director Técnico actual. En caso de no poseerla, indicar el número de expediente en el que consta el inicio del trámite.

  • Atento que por Resolución de este Ministerio de Salud N° 1938/2025 este trámite es gratuito, se modificará el proceso del trámite en el TAD.
    Hasta que se modifique en dicha plataforma, donde figura el ítem "Comprobante de pago”, se solicita subir en su lugar una foto de una nota en puño y letra donde se indique: "El trámite es no arancelado de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 1938/2025"

¿Cómo hago?

  1. Para abrir o cerrar un libro de establecimiento u óptica, deberás adjuntar por mail a rups@msal.gov.ar el “Formulario de solicitud y rúbrica de Libros de Establecimientos de Salud u Ópticas” completo.

    Una vez que finalice el trámite, se enviará por mail la rúbrica con Firma Digital, que deberá firmar el Director Técnico o Responsable de la Institución y luego pegarla en la primera hoja del Libro (si es apertura) o en la última del mismo (si es cierre).

    El tiempo estimado de resolución del trámite es de 5 días hábiles aproximadamente.

Por consultas, comunicate con:

Correo electrónico: rups@msal.gov.ar (de Lunes a Viernes de 10 a 18 hs)
Tel: 4379-9220 (de Lunes a Viernes de 9 a 14 hs)

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Descargas

  • Formulario de Solicitud y Rúbrica de Libros, Establecimientos de Salud/Óptica (pdf,58.8 Kb)   Descargar archivo
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