Presidencia de la Nación

Las agencias de viajes deberán renovar anualmente el fondo de garantía tal como indica el artículo 6 del decreto 2182/72.

Este fondo tiene como finalidad asegurar el buen funcionamiento de las agencias y proteger al turista. Su cobertura debe tener una vigencia mínima de un año comprendido entre el 15 de marzo de cada año, o si fuera por períodos mayores, con esta misma fecha de vencimiento. Para el caso en el que una agencia tenga instaladas sucursales en distintas localidades del país, se toma como base para la constitución del fondo a la casa central o la sucursal establecida en la localidad que cuente con mayor número de habitantes.

Seguí los pasos indicados debajo para realizar la renovación.

¿A quién está dirigido?

El trámite debe ser realizado por el titular de la agencia (persona humana si es unipersonal o representante legal si es persona jurídica).

¿Qué necesito?

  • La póliza actualizada.

¿Cómo hago?

  1. El trámite se realiza de forma online a través de la plataforma de Trámites a Distancia.

    Para empezar, buscá “Renovación de Garantía” en el buscador de la página de TAD.

  2. Completá el número de legajo y otros datos de la agencia que te sean solicitados (datos personales, idóneo, garantía).

  3. Adjuntá la póliza correspondiente.

  4. Se generará un número de expediente, con el cual podrás consultar y realizar un seguimiento de tu trámite en la plataforma. Además, también mediante TAD podrás recibir las notificaciones si hace falta subsanar de la documentación que presentaste.

  5. Finalizado el trámite, recibirás la notificación a través de la Plataforma TAD .

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia


Tiene una vigencia mínima de un año, comprendido entre el 15 de marzo de cada año, o si fuera por periodos mayores, con esta misma fecha de vencimiento.

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