Este trámite es para inscribir entidades en el Registro, habilitando a ofrecer sus servicios a los empleados públicos, y descontando el pago de las cuotas directamente de sus haberes; en el marco de la Resolución ex SGyCA N° 52/2012 y el Decreto N° 14/12.
Los servicios a los que los empleados públicos pueden acceder bajo esta metodología son:
- Cuota Social
- Créditos
- Proveeduría, Consumos Varios
- Vivienda
- Servicios de Salud
- Turismo
¿A quién está dirigido?
A las entidades comprendidas en el art. 2° Dec.14/12: mutuales, cooperativas, bancos y financieras, entidades oficiales, obras sociales y asociaciones gremiales.
¿Qué necesito?
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Estatuto Social vigente.
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Solicitud de alta de entidad firmada.
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Actas de directorio con designación de autoridades vigentes.
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Certificado de vigencia emitido por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y Banco Central de la República Argentina (BCRA)/Ministerio de Producción y Trabajo/Superintendencia de Servicios de Salud.
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Certificado de actividades que se encuentra autorizada a realizar la entidad.
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Última acta de fijación de cuotas sociales.
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Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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Certificado de libre deuda de obligaciones previsionales.
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Dos últimos balances con firma de contador certificada.
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Autorización vigente para funcionar emitida por el Ministerio de Turismo (para el caso de solicitar código de Turismo).
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Acto Administrativo emitido por el Ministerio de Producción y Trabajo.
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Constancia emitida por la Superintendencia de Servicios de Salud (para el caso de solicitar código de salud).
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Autorización para funcionar como entidad bancaria o financiera.
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Copia autenticada del acto administrativo que les acuerde facultades para realizar prestaciones comprendidas en el presente Registro.
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Acreditación de la representación legal de la entidad por parte de la persona física requirente
¿Cómo hago?
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Ingresá al Sistema de Registro de Entidades y completá todos los datos para iniciar la Solicitud de Alta de Entidad.
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Revisá tu correo electrónico en el cual recibirás el usuario para ingresar al Registro de Entidades.
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Volvé a ingresar al Sistema de Registro de Entidades con tu usuario y completá la “Solicitud de Alta de Entidad”. Recordá que es necesario contar con la documentación antes mencionada escaneada en formato PDF.
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Confirmá la solicitud.
Importante: No deberá presentarte ninguna documentación en forma física. La documentación enviada a través del Sistema de Registro de Entidades será analizada a la brevedad. En el caso de recibir una notificación indicando un requerimiento contrario a lo indicado, se solicita NO tener en cuenta el mismo. Por cualquier duda puede comunicarse a registroentidades@jefatura.gob.ar.