Presidencia de la Nación

Este instructivo se aplica para presentar por TAD (trámites a distancia) la documentación respaldatoria de destrucción de Sustancias Sujetas a Control Especial ante el Departamento de Sustancias Sujetas a Control Especial.

¿Qué necesito?

  • Nota firmada y sellada por el Director técnico responsable, indicando lugar y fecha de la destrucción y empresa que la llevó a cabo. Detalle de descripción y cantidad de cada una de las sustancias a destruir, y por último nombre del escribano interviniente.

  • Descripción de la sustancia

  • Manifiesto de destrucción

  • Acta de destrucción ante escribano público

  • Comprobante de pago de arancel

¿Cómo hago?

  1. Ingresar en la plataforma de TAD e iniciar el trámite

  2. La documentación incorporada al trámite debe encontrarse en idioma español. En caso de presentarse documentación en idioma extranjero, deberá acompañarse de la traducción al castellano, legalizada por el Colegio de traductores.

  3. Cargar toda la documentación, la misma quedará disponible para su evaluación.
    Si la documentación está incompleta se genera una subsanación con petición de información adicional la que deberá ser respondida con la información solicitada a través de la plataforma TAD.

¿Cuál es el costo?

Consultá el costo del trámite en la tabla de aranceles de ANMAT

Silencio administrativo

Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

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