El Banco de Drogas Especiales complementa a las jurisdicciones en el acceso a medicamentos a pacientes con cobertura pública exclusiva que cursan principalmente algún tipo de cáncer, actuando de manera complementaria a la cobertura jurisdiccional/provincial, con la estricta finalidad de equiparar los estándares de asistencia sanitaria y así lograr mayor equidad en el acceso de medicamentos oncológicos en todo el territorio nacional. En este marco, el Banco de Drogas Especiales complementa a través del suministro de medicamentos frente a la imposibilidad de provisión por parte de las jurisdicciones de residencia de los y las pacientes para más de 100 patologías oncológicas.
Requisitos a cumplir por las personas con cobertura de salud pública exclusiva para la provisión gratuita de medicamentos oncológicos.
¿A quién está dirigido?
A personas con cobertura de salud pública exclusiva.
¿Qué necesito?
Para la provisión de medicamentos oncológicos, las personas beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener sólo cobertura pública de salud. Acreditar mediante la certificación negativa de ANSES o certificado del organismo que corresponda según la jurisdicción de residencia del paciente, la no cobertura mediante el sistema de salud de obras sociales o prepagas. La certificación negativa de ANSES o certificado del organismo que corresponda deberá ser renovado trimestralmente.
- Ser asistida en hospital público.
- Presentar la documentación requerida tanto para la admisión y continuidad de tratamiento ante la jurisdicción que corresponda.
- La prescripción médica debe circunscribirse a las drogas que forman parte del Listado Complementario de Medicamentos Oncológicos. La cobertura abarcará los medicamentos que se encuentren incluidos en el Listado Complementario de Medicamentos Oncológicos vigente del Banco de Drogas y que se encuentren disponibles al momento de la solicitud.
Admisión
- Fotocopia del DNI del paciente y de quien retira el medicamento en su nombre.
Si el paciente se encuentra tramitando su DNI, podrá presentar constancia de DNI en trámite.
En el caso personas residentes en la Argentina que no han tramitado su DNI, podrán presentar constancia de su residencia precaria y de no contar con la misma, podrán acompañar nota del consulado de su país de residencia solicitando la entrega de la medicación al Banco de Drogas Especiales.
- Formulario de solicitud de medicamentos -ficha de admisión- que completará el médico tratante (formulario aprobado por Resolución 2185/2011).
- Receta original firmada por médico especialista y director del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Fotocopia de informe anátomo patológico o el que corresponda (medulograma, inmunohistoquímica, inmunofenotipo, etc.).
- Fotocopia de estudios de valoración para enfermedad avanzada.
- Resumen de historia clínica.
- Encuesta con datos sociales.
- Certificación negativa de ANSES (a ser renovada trimestralmente).
- Certificación negativa de la jurisdicción si corresponde.
Continuidad de tratamiento
- Receta original firmada por médico especialista y director del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Formulario de solicitud de medicamentos -ficha de renovación- que completará el médico tratante cada tres (3) ciclos de tratamiento (formulario aprobado por Resolución 2185/2011).
Si se tratara de enfermedad avanzada, se deberá adjuntar fotocopia de informes de estudios de valoración de la enfermedad al inicio del tratamiento solicitado y fotocopia de estudios con los que se valora la respuesta cada tres (3) ciclos de tratamiento.
Cambio de tratamiento
- Receta original firmada por médico especialista y director del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Negativa de la jurisdicción de residencia del paciente en la que indique cuál es el motivo de la imposibilidad de entregar la medicación requerida por éste.
- Formulario de solicitud de medicamentos -ficha de renovación- que completará el médico tratante justificando el cambio de tratamiento por:
- Progresión de enfermedad: se debe adjuntar fotocopia de los informes de estudios con los que se valorará la enfermedad.
- Toxicidad (intolerancia al tratamiento): adjuntar el formulario de reporte de farmacovigilancia, disponible en la página de la ANMAT (SISTEMA NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA -COMUNICACIÓN DE EVENTOS ADVERSOS).
- Segunda fase del tratamiento: se deberá aclarar que el mismo es parte del primer esquema indicado.
La prescripción médica debe circunscribirse a las drogas que forman parte del Listado Complementario de Medicamentos Oncológicos vigente.
Para todos ellos la cobertura abarcará los medicamentos que se encuentren aprobados por Resolución Ministerial y que constituyan el Listado Complementario de Medicamentos Oncológicos vigente del Banco de Drogas.
¿Cómo hago?
Presentá la documentación requerida tanto para la admisión y continuidad de tratamiento ante la jurisdicción que corresponda.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
El Banco de Drogas Especiales se encuentra ubicado en Dr. Ramón Carrillo 489 2° Piso (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
El horario para solicitud de medicamentos es de lunes a viernes de 9 a 13 horas.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 54-11-4305-7730
Nuevo Mapa de Acceso al Tratamiento Oncológico
Conocé cómo acceder a medicamentos oncológicos en tu provincia o jurisdicción. Los datos presentados en el Mapa incluyen datos de contacto de cada filial en cada jurisdicción y el circuito de acceso a medicación para pacientes.