Presidencia de la Nación

Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante la ANMaC.

¿Qué necesito?

  • Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante la ANMaC.

  • Pago del arancel correspondiente a la solicitud de dictamen jurídico de baja registral $12.000 (Res. 204/22)

  • Certificado de inscripción original otorgado por la ANMaC.

¿Cómo hago?

  1. Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

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