Este trámite te permitirá solicitar la autorización de importación.
¿Qué necesito?
Autorización de Importación:
Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° 6, por duplicado, suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido, identificando claramente la sustancia por su nomenclatura y número de CAS (Chemical Abstracts Service), su posición arancelaria, nombre químico y número de registro otorgado por esta Agencia de conformidad con las previsiones de los artículos 6º y 7º de según corresponda. Disp. 270/05.
El origen del producto deberá corresponder a un Estado Miembro de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y Sobre su Destrucción, suscripta en París -República Francesa.
Informar la Aduana por la cual el material ingresará al territorio nacional.
Identificar el depósito o instalación de almacenamiento a emplear.
Estampillas por un valor de $100.000 + $100.000 (opcional trámite urgente). Res. Nº 204/22.
La solicitud de Autorización de Importación deberá tramitarse con antelación a la fecha estimada del embarque del material.
Una vez cumplidos los recaudos anteriores la ANMaC emitirá opinión definitiva, aconsejando o desaconsejando se otorgue la autorización, elevando las actuaciones al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para el oportuno tratamiento de la autorización de que se trata por parte de la autoridad nacional de control de armas químicas.