¿Debo Inscribirme?
De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.045, todas las personas humanas y jurídicas que realicen cualquier tipo de operación con sustancias químicas controladas de las Listas I y II, deben contar con la previa inscripción por ante el Registro Nacional de Precursores Químicos.
CATEGORÍAS:
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OPERADOR PRECURSORES QUÍMICOS
En esta categoría encuadra toda persona humana o jurídica que realice cualquier tipo de operación con Precursores Químicos. -
OPERADOR MÁQUINAS
Categoría en donde se deberán inscribir las personas humanas o jurídicas que fabriquen, enajenen, adquieran, importen, exporten o almacenen máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos.
SUBCATEGORIAS DEL OPERADOR PRECURSORES QUÍMICOS:
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OPERADOR GENERAL
Persona humana o jurídica que realice cualquier tipo de operación con sustancias o productos químicos controlados que no se encuentre comprendida en una subcategoría especifica. -
PEQUEÑO OPERADOR
Persona humana o jurídica que utilice sustancias o mezclas controladas, como usuarios finales de las mismas y cuya adquisición y almacenamiento no exceda las cantidades mensuales estipuladas en el ANEXO 2 -
TRANSPORTISTA
Persona humana o jurídica que brinde el servicio de transporte de sustancias o mezclas controladas a terceros. -
DEPÓSITO
Persona humana o jurídica que brinde el servicio de almacenamiento de sustancias o mezclas controladas a un tercero inscripto. -
IMPORTADOR
Persona humana o jurídica que ingrese dentro del territorio Nacional sustancias o mezclas controladas. -
EXPORTADOR
Persona humana o jurídica que efectúe envíos de sustancias o mezclas controladas fuera del territorio Nacional. -
IFA (Ingredientes Farmacéuticos Activos)
Persona humana o jurídica que efectúe operaciones con sustancias IFA -
DESTRUCTOR
Persona humana o jurídica que brinde el servicio de tratamiento o disposición final de sustancias o productos químicos controlados. -
OPERADOR CLORHÍDRICO
Persona humana o jurídica que utilice únicamente la sustancia ácido clorhídrico exclusivamente destinada al “Análisis de Laboratorio”, en cantidades iguales o inferiores a 2 litros por año. -
OPERADOR AMONÍACO
Persona humana o jurídica que utilice únicamente la sustancia amoníaco anhidro o en disolución acuosa o exclusivamente destinado a la recarga de equipos de refrigeración propios. -
OPERADOR SULFÚRICO
Persona humana o jurídica que utilice únicamente la sustancia ácido sulfúrico exclusivamente destinado a la activación de acumuladores eléctricos. -
OPERADOR TINTAS
Persona humana o jurídica que utilice únicamente sustancias o productos químicos controlados exclusivamente destinados como insumos en equipos de codificación inkjet o inyección de tinta propios.