Habilitación ocasional de pasos internacionales
Permite el cruce internacional entre la República Argentina y alguno de sus cinco países limítrofes para la realización de un hecho en particular, por lo que su habilitación está referida solamente a ese evento.
La habilitación ocasional de pasos internacionales está reglamentada por la Resolución 4050/2023 de la Secretaría de Seguridad y Política Criminal. Podés tramitarla por las siguientes tres vías:
- Trámites a Distancia (TAD).
- Correo postal.
- Personalmente en la mesa de entradas del Ministerio de Seguridad.
En los últimos dos casos, deberás descargar el formulario que figura a continuación, completarlo, firmarlo y enviarlo por correo postal o presentarlo personalmente en:
Ministerio de Seguridad
México 12 (CP C1097AAB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Recordá que es necesario iniciar el trámite con 30 días hábiles de anticipación a la fecha solicitada para la habilitación ocasional, salvo que se requiera por razones humanitarias debidamente justificadas.