Presidencia de la Nación

Funciones de la Dirección de Bomberos Voluntarios


La Dirección de Bomberos Voluntarios depende de la Subsecretaría de Gestión del Riesgo y Protección Civil tiene como responsabilidad primaria: Asistir a la Subsecretaría de gestión del riesgo y protección civil en los aspectos relacionados con el rol del Estado nacional en la implementación de la Ley 25.054 - Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

Acciones específicas por Decisión Administrativa 335/2020

  1. Administrar el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios.

  2. Articular las acciones estatales de coordinación con la Academia Nacional de Capacitación de Bomberos Voluntarios.

  3. Asesorar a la Subsecretaría en materia de definición de prioridades en la política de formación de Bomberos Voluntarios.

  4. Administrar los recursos que a los efectos del financiamiento y capacitación de los cuerpos de Bomberos Voluntarios estipula la Ley 25.054.

  5. Supervisar los procesos administrativos y técnicos de gestión del subsidio a los cuerpos de Bomberos Voluntarios y entidades representativas de los mismos conforme a las disposiciones de la Ley 25.054, ejecutando el control de las rendiciones de cuenta de aplicación de dichos fondos.

  6. Proponer iniciativas de optimización de los mecanismos de financiamiento dispuestos por la Ley 25.054 para incrementar los niveles de eficacia, eficiencia e impacto de los mismos.

  7. Asesorar a la Subsecretaría en materia de iniciativas de gestión público-privadas que permitan incrementar la generación de recursos materiales, humanos y técnicos destinados a la actividad del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

Ley 25.054

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