Funciones de la Dirección de Bomberos Voluntarios
La Dirección de Bomberos Voluntarios depende de la Subsecretaría de Gestión del Riesgo y Protección Civil tiene como responsabilidad primaria: Asistir a la Subsecretaría de gestión del riesgo y protección civil en los aspectos relacionados con el rol del Estado nacional en la implementación de la Ley 25.054 - Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
Acciones específicas por Decisión Administrativa 335/2020
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Administrar el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios.
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Articular las acciones estatales de coordinación con la Academia Nacional de Capacitación de Bomberos Voluntarios.
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Asesorar a la Subsecretaría en materia de definición de prioridades en la política de formación de Bomberos Voluntarios.
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Administrar los recursos que a los efectos del financiamiento y capacitación de los cuerpos de Bomberos Voluntarios estipula la Ley 25.054.
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Supervisar los procesos administrativos y técnicos de gestión del subsidio a los cuerpos de Bomberos Voluntarios y entidades representativas de los mismos conforme a las disposiciones de la Ley 25.054, ejecutando el control de las rendiciones de cuenta de aplicación de dichos fondos.
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Proponer iniciativas de optimización de los mecanismos de financiamiento dispuestos por la Ley 25.054 para incrementar los niveles de eficacia, eficiencia e impacto de los mismos.
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Asesorar a la Subsecretaría en materia de iniciativas de gestión público-privadas que permitan incrementar la generación de recursos materiales, humanos y técnicos destinados a la actividad del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.