Presidencia de la Nación

La OACI y la Seguridad de la Aviación


La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) funciona desde 1944 en el marco de las Naciones Unidas, como organismo que establece las normas y métodos recomendados para la protección y la seguridad de la aviación civil, así como también para la protección y preservación del medio ambiente. Cuenta con 191 Estados Contratantes que, dentro de su órbita, establecen lazos de cooperación y desarrollo en todas las esferas de la aviación civil.

A lo largo del tiempo la OACI fue ampliando la regulación de los distintos aspectos y esferas de la aviación civil a través de Anexos al Convenio de Chicago (Ley 13.891), al igual que de distintos tratados internacionales (Convenio de Tokio de 1963, Convenio de La Haya de 1970, Convenio de Montreal de 1971, etc.).

En la República Argentina, la PSA es la autoridad responsable de velar por el cumplimiento de la normativa y legislación internacional en materia de seguridad de la aviación civil, al igual que de los métodos recomendados por la propia OACI.

Para esta tarea, la PSA ha establecido y aplica su propio régimen normativo de seguridad de la aviación. De este modo, lleva a cabo auditorias, inspecciones, estudios y pruebas de seguridad en los distintos aeropuertos del país, efectuando además acciones coordinadas con otros organismos nacionales y de diversas partes del mundo.

Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC)

El PNSAC es el instrumento específico diseñado a los fines de aplicar la normativa y recomendaciones de la OACI, contemplando las particularidades de la aviación civil en la República Argentina.

Aprobado mediante Disposición PSA N° 74/10, el PNSAC establece las normas y procedimientos aplicables para la protección de los pasajeros, tripulaciones, y demás personas que se encuentren dentro del ámbito aeroportuario, al igual que para el resguardo de las instalaciones y aeronaves ante cualquier acto de interferencia ilícita.

Para ello, el PNSAC regula aspectos tales como:

  • La asignación de responsabilidades a las compañías aéreas, administradores de aeropuertos, empresas de seguridad privada, proveedores de servicios y demás entidades que operan dentro del ámbito aeroportuario.

  • La conformación y actuación de un Comité de Contingencia ante cualquier evento extraordinario que pueda suscitarse en el ámbito aeroportuario (ej. amenazas, sabotajes, interferencias ilítcitas, etc.).

  • Los objetos permitidos y prohibidos, tanto en bodega como en la cabina de pasajeros.

  • Los pasos y parámetros a respetar en materia seguridad para cualquier obra dentro de las instalaciones aeroportuarias.

  • Los estándares de los medios técnicos necesarios para operaciones de control y registro.

  • Las pautas básicas para la capacitación del personal con responsabilidades que actúa en los distintos niveles de la seguridad de la aviación.

El PNSAC sienta, además, las bases para el Programa Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC) y de capacitaciones mediante al Programa Nacional de Instrucción de la Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC).

Programa de Seguridad de Estación Aérea (PSEA)

Dadas las particularidades de cada aeropuerto (infraestructura, volumen de pasajeros, cantidad de vuelos, etc.), la PSA se ocupa de relevar toda la información referente a la seguridad en los mismos para la elaboración de los denominados PSEA. Los mismos contemplan, adecuan y aplican a cada aeropuerto del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) las normas y procedimientos de seguridad aprobados en el PNSAC.

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