Cómo saber si tenés VIH
El test de VIH es la única manera de saber si una persona contrajo el virus y se realiza a través de un análisis de sangre.
Es VOLUNTARIO: nadie puede ser obligado a hacérselo, incluso se debe firmar un consentimiento informado para poder realizarlo.
Es CONFIDENCIAL: el equipo de salud que atiende no puede revelar la práctica realizada ni el resultado del diagnóstico y, a su vez, quien recibe el diagnóstico puede decidir cuándo, cómo y con quién compartirlo, en caso de querer hacerlo.
No es requisito presentar documento de identidad, orden médica ni ningún otro tipo de documentación para realizarse la prueba.
¿Qué es el período de ventana?
Es el lapso de tiempo que transcurre desde que el virus ingresa al cuerpo hasta que la infección pueda ser detectada por pruebas de laboratorio.
El tiempo es variable para cada tipo de prueba, pero en la mayoría de los casos el período de ventana es de hasta un mes. Durante ese tiempo los análisis pueden dar negativo, aunque la persona haya contraído el virus. Es importante la consulta con el equipo de salud para saber si es necesario repetir la prueba en otro momento.
Debido a que el periodo ventana puede variar, es importante repetir la prueba después de los 90 días de la exposición.
¿Estoy obligado a hacerme la prueba de VIH?
No. La prueba de VIH no es obligatoria en ningún caso.
Sin embargo, es recomendable realizarla ya que cuanto antes la persona se entere de su diagnóstico positivo, antes podrá acceder al control y al tratamiento, mejorando así su calidad de vida.
En nuestro país la Ley Nacional 27.675 de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, otras Infecciones de Transmisión Sexual y Tuberculosis promueve el acceso voluntario, universal y confidencial al testeo. Se sugiere orientación adecuada antes, y también se debe brindar el apoyo necesario posterior a la comunicación del resultado.
En la realización de las pruebas voluntarias diagnósticas, en el marco del artículo 15 de la Ley 27.675, debe mediar el consentimiento informado escrito.
¿Qué es el consentimiento informado?
Es una declaración de voluntad expresada por la persona luego de recibir información detallada y precisa sobre su condición de salud, los procedimientos médicos sugeridos, los posibles riesgos y beneficios involucrados.
Regulado por el Código Civil y Comercial a través del art. 59 y la Ley 26.529, Ley de Derechos del Paciente, implica brindar información a la persona de manera comprensible para que pueda decidir si acepta o no la práctica médica.
La información debe incluir el diagnóstico, los posibles resultados y las alternativas terapéuticas.
El consentimiento informado para un test de VIH debe otorgarse en forma escrita.
¿Qué información es necesaria para el testeo de VIH?
Previamente a firmar el consentimiento, la persona debe recibir la información clara, comprensible y adecuada sobre el VIH, las vías de transmisión, las formas de prevención, el tratamiento y otros cuidados de la salud.
Esta instancia previa de asesoramiento se denomina consejería pre test y se encuentra establecida en el artículo 14 de la Ley 27.675. El objetivo del asesoramiento pre test es que la persona, en un diálogo respetuoso, acceda a información clara y oportuna que le permita tomar decisiones libres y autónomas sobre su salud y su cuerpo.
Con la entrega del resultado, también se debe habilitar un espacio de consejería o asesoramiento post test.
Tengo menos de 18 años, ¿puedo hacerme la prueba de VIH?
Sí, podés hacerte la prueba. No es necesario ser mayor de 18 años.
Las personas a partir de los 13 años de edad pueden acceder a las pruebas diagnósticas de VIH, ya que nuestro Código Civil y Comercial de la Nación reconoce el principio de autonomía progresiva de la persona. Esto significa que las personas en forma gradual van adquiriendo la madurez suficiente para poder tomar decisiones sobre su salud y por lo tanto, se prioriza este proceso.
En el artículo 26 se establece que las personas de 13 a 16 años pueden decidir por sí mismas sobre tratamientos no invasivos, mientras que las mayores de 16 años son consideradas adultas para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo. El Ministerio de Salud de la Nación emitió en el año 2015 la Resolución N° 65 que determina que el test de VIH es una práctica no invasiva y por ende, puede ser solicitado por una persona de 13 años sin necesidad de que un adulto tome esa decisión.
Ante cualquier dificultad, comunicarse con el 0800-333-3444 (Salud Responde) para hacer el reclamo o enviar un correo a [email protected]
Más información
0800 333 3444 Línea VIH-sida