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IVE - Ley 27.610

ES LEGAL

Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo

• Ya se encuentra en vigencia en todo el territorio nacional. No precisa adhesiones provinciales ni particulares para su implementación.
• Si una institución de salud no puede garantizar este derecho por motivos de objeción de conciencia, debe prever y disponer la derivación a otra institución de similares características para la realización de la prestación. Las gestiones, costos y gastos de derivación corren por cuenta de la institución que deriva.

ES SEGURO

Todas las personas gestantes tienen derecho a

• Decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional.
• Decidir y acceder, a partir de la semana 15 del proceso gestacional, a la interrupción de su embarazo en los siguientes casos:
- Si es resultado de una violación
- Si está en peligro la salud o la vida de la persona gestante
• Acceder a la interrupción del embarazo en los servicios de salud en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento

Y GRATUITO

Derechos de las personas gestantes

• Recibir trato digno y confidencialidad
• Que sus convicciones personales, morales y decisiones sean respetadas por el personal de salud
• Recibir información del procedimiento a realizar y cuidados posteriores
• Contar con atención de salud durante todo el proceso
• Recibir educación sexual integral, asesoramiento y provisión de métodos anticonceptivos

Se puede acceder a través de servicios públicos de salud, obras sociales y entidades de medicina prepaga.

Si sos paciente del Hospital escribinos por whatsapp al 1127678072. Si no sos paciente del Hospital comunicate con el 0800 222 3444

Si tenés obra social y tuviste algún inconveniente podés consultar haciendo clic aquí



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