Presidencia de la Nación

Derechos


Tenés derecho a recibir información, atención oportuna y apropiada, y acompañamientopara decidir en todo lo relativo a tu salud, incluida la salud sexual y reproductiva.

Sabías que:

  • Podés participar directamente en la toma de decisiones relativas a indicaciones y tratamientos
  • Deben brindarte asistencia, aún sin acompañamiento de personas adultas (Ley N° 26.529 de Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado, en su art. 2 inc).
  • La atención debe darse en un marco de privacidad y confidencialidad, es decir, todo lo que hables en la consulta, debe quedar entre vos y el/la profesional de salud; salvo situaciones excepcionales de riesgo inminente para tu vida o la de otres
  • Podés decidir sobre los cuidados de tu propio cuerpo: así lo indica el Código Civil y Comercial de la Nación:

    Artículo 26 del Código Civil y Comercial de la Nación
    Código Civil y Comercial de la Nación

  • Siempre debe respetarse tu identidad de género: el equipo de salud debe utilizar el nombre que vos elijas, hayas realizado o no el cambio registral según la Ley 26.743 de Identidad de Género. Además, podés acceder a todos los procedimientos que habilita la ley.

  • Podés acceder a métodos anticonceptivos: la entrega no puede estar sujeta a turnos previos, horarios de atención limitados, consultas extendidas, etc. No existe ningún impedimento legal ni científico para impedir o retrasar el acceso inmediato.
  • Podés solicitar una interrupción legal y voluntaria del embarazo: tenés derecho a recibir información y acceder a la práctica de manera gratuita en todos los sistemas de salud: público, obras sociales y prepagas.
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