Presidencia de la Nación

Abonar las cuotas impagas y el saldo total de cancelación de Préstamos Personales.

Si necesitas información más detallada del estado de tu crédito, comunicate al (011)4370-1866/1856/1876, División Registro de Cobranzas.

¿A quién está dirigido?

A todos aquellos que se encuentren amortizando un préstamo personal del IAF.

¿Qué necesito?

  • Realizar el pago a través de alguna de las modalidades habilitadas.

¿Cómo hago?

  1. Personalmente:

    Pagar en efectivo o cheque certificado y en fecha, en pesos, en la Sede Central del IAF.

    Importante:
    El cheque, emitido a la orden del “Instituto de Ayuda Financiera”, debe ser de cuenta bancaria de titularidad del prestatario, al cual se le extiende un “recibo provisorio” por el término de su acreditación.

  2. A distancia:
    Las modalidades son:
    • Giro postal desde el Correo(No se aceptan telex ni transferencia de giro): debe emitirse a la orden del “Instituto de Ayuda Financiera”.
    • Depósito en el Banco de la Nación Argentina al Nº de Cuenta Corriente: 96736/27 - Sucursal CONGRESO.
    • Transferencia Bancaria desde cualquier cuenta bancaria: Su Banco le solicitará los siguientes datos del IAFPRPM:
      Nº de CBU : 01100129-20000096736272
      Nº de Cuenta: 96736/27
      Nº de CUIT: 30-54669419-0
      Nº de Sucursal: 50 Congreso

Importante:
Si se realiza el pago a distancia el titular deberá enviar el comprobante al mail: [email protected]

Recuerde que en caso de no recibirse el Aviso, el pago no tendrá efectos sobre el Préstamo.
El Aviso deberá realizarse antes del día 20 de cada mes.

¿Cuál es el costo?

Préstamos liquidados antes del 01/11/2024: sin costo de cancelación Préstamos liquidados después del 01/11/2024: tienen un costo del 4% de cargas administrativas, ya sea por cancelación parcial (pago de cuotas) o total.

Debe tenerse en cuenta el costo asociado a las modalidades del trámite a distancia (giro postal, depósito en cuenta o transferencia bancaria) el cual es fijado por cada prestador. Tenga presente que el importe neto finalmente acreditado al IAF debe corresponder al de su cuota.

Vigencia

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