Permite obtener el Certificado de Patrón de Yate a quien desee efectuar el gobierno de embarcaciones deportivas que realicen navegación lacustre, fluvial o marítima, mientras se navegue a vista de costa o a una distancia no superior a treinta millas náuticas (30 MN) de la costa, incluyendo Rio de la Plata sin limitaciones.
Patrón de Yate a Motor o Vela y Motor: Sin límite de potencia
¿A quién está dirigido?
A timoneles de yate que aspiren a adquirir la categoría de patrón.
¿Qué necesito?
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Programa de examen para patrón de yate, aprobar los exámenes correspondientes.
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Para áreas marítimas, la dependencia local de Prefectura Naval Argentina (PNA) determinará qué tipo de navegación te exigirá como constancia de experiencia, atendiendo a las características de la zona. En ríos interiores y lagos, determinará los trayectos de navegación que se adapten a las condiciones mencionadas en que básicamente guardarán distancia de alejamiento superior a treinta millas náuticas (30MN), por necesidad de empleo de cartografía e instrumental.
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Certificado médico (original) que acredite aptitud física, psíquica, auditiva y visual para la práctica de navegación deportiva y/o recreativa. Dicha certificación de aptitud podrá ser extendida por facultativos privados o pertenecientes a servicios médicos de salud pública, en ambos casos con matrícula expedida en la REPÚBLICA ARGENTINA, donde se consigne nombre completo, DNI, grupo sanguíneo, factor RH y padecimiento de algún tipo de alergia, de corresponder.
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DOS (2) fotografías color, actualizadas, de frente, fondo celeste, tamaño carnet, sin anteojos salvo que sean recetados para uso permanente.
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Abonar el arancel correspondiente vía VEP (por medio de tu home banking) o BOLETA DE PAGO (abonando en un PAGO FACIL o RAPI PAGO), luego de finalizar el trámite.
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Exhibir Documento Nacional de Identidad ó DNI Extranjero y entregar fotocopia del mismo.
Nota:
Certificado médico.
El certificado médico tendrá una validez máxima de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de su expedición; también deberá constar el lugar y fecha de expedición, además del nombre y número de documento del examinado, debiendo el facultativo interviniente salvar las correcciones, agregados, enmiendas o sobrescritos.
Validez del examen.
La validez del mismo será de UN (1) año a partir de la fecha del último examen aprobado, para ser presentado como requisito en aquellos tramites que así lo indique la normativa.
¿Cómo hago?
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Presentá la documentación en la Prefectura Jurisdiccional más cercana a tu domicilio.
o bien por la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cuyo instructivo se encuentra en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=JI6FUhaTzSE . -
Gestioná el pago desde la web Gestión de pagos-Pagos de aranceles.
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Examen (Teórico - práctico)
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Haz finalizado el trámite al realizar el pago del arancel.
Nota
Si Ud. ya realizó el trámite y pagó el arancel correspondiente en el portal de Tramites Web podrá descargar su certificado náutico deportivo electrónico: Habilitaciones náutico deportivas
La gestión de pago del arancel, se realizará únicamente concluido correctamente el proceso vía Trámites a Distancia (TAD), para ello la Prefectura Jurisdiccional enviará un instructivo vía correo electrónico al eMail declarado en la solicitud del certificado Náutico Deportivo (sugerencia: verificar también, en bandeja de correos no deseados o spm).
En caso de realizar el trámite en forma presencial en una Prefectura, allí podrá optar por la modalidad de pago del arancel respectivo: VEP (por medio de tu home banking) o BOLETA DE PAGO (abonando en un PAGO FACIL o RAPI PAGO).
El trámite se puede realizar en forma presencial en cualquier Prefectura Jurisdiccional de todo el país o vía Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
El trámite se realiza de lunes a viernes en las Prefecturas Jurisdiccionales de todo el país. Podrá visualizar los horarios a través del siguiente link: www.argentina.gob.ar/prefecturanaval/guia
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
¿Cuál es el costo?
Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75.
Vigencia
Las habilitaciones tendrán un plazo de vigencia de DIEZ (10) años, expirando en todos los casos cuando el titular cumpla los SETENTA (70) años, sin perjuicio de su fecha original de emisión.
A partir de los SETENTA (70) años tienen una vigencia de TRES (3) años y a partir de los OCHENTA (80) años tienen una vigencia de UN (1) año.
Para asesoramiento puede contactarse con el Departamento Deporte Náutico vía correo electrónico a: [email protected]
Información complementaria
Al finalizar el tramite
Desde la aplicación 'Mi Argentina' podrás visualizar el Certificado Náutico Deportivo en su versión digital, cuya validez es para aguas nacionales e internacionales (DISFC-2021-1626-APN-PNA#MSG) En caso de no visualizarlo, sugerimos ingresar a su cuenta de 'Mi Argentina', acceder al menú ubicado en el margen superior izquierdo, seleccionar 'Suscribir servicio' en la sección 'Mis documentos', y agregar/quitar 'Certificado Náutico Deportivo' para su correcta actualización.