Presidencia de la Nación

Se promulgó la ley que establece los feriados puente


El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.399, que establece feriados puente y fija los días festivos del año próximo.

La norma, publicada en el Boletín Oficial, permite al ejecutivo proponer hasta tres feriados puente anuales, con el fin de “promover la actividad turística”. Los mismos deberán coincidir con los días lunes o viernes y establecerse con una antelación de cincuenta días a la finalización del año calendario.

Además, la medida fija como feriados nacionales inamovibles el 1 de enero (Año Nuevo); lunes y martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1 de Mayo (Día del Trabajo); 25 de Mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de Junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano); 9 de Julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María); 25 de diciembre (Navidad).

También establece los feriados nacionales trasladables el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes); 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín); 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural); 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).

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