Se eliminan homologaciones adicionales para equipos de salvamento
La Prefectura Naval Argentina, como resultado de las modificaciones introducidas por el nuevo Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre –Decreto N° 37/25, ha actualizado la normativa vigente para la simplificación de los trámites. De esta manera, los dispositivos que deseen ser instalados en los buques y posean certificados, serán aceptados por la Institución.
En este sentido, se aprobó el Volante Rectificativo N° 1/2025 a la Ordenanza N° 3-18 (DPSN) del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, titulada “Normas sobre dispositivos y medios de salvamento en buques de la Matrícula Mercante Nacional”.

Con la aprobación del mencionado volante, los materiales, equipos y dispositivos que se instalen a bordo de los buques que ingresen a la matrícula, serán aceptados por la Autoridad Marítima nacional cuando se constate que poseen certificados que indiquen que satisfacen las normas de desempeño y funcionamiento establecidas por la Organización Marítima Internacional, emitidos por una sociedad de clasificación miembro de la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS), sin necesidad de homologaciones adicionales.