Se actualizó la ordenanza nº 01-20 (DPSN): “Normas de Seguridad para Instalaciones de Máquinas Navales y Prevención de Incendios en Embarcaciones Equipadas con Motores de Combustión Interna”
Esta modificación elimina el listado de elementos de respeto obligatorio.
El nuevo Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre adoptado en el año en curso establece en el Artículo 101.0401 que los buques argentinos de navegación marítima nacional o internacional llevarán elementos de respeto de los equipos auxiliares que resulten críticos para mantener la propulsión, el gobierno y los servicios esenciales del buque durante la navegación, y que los armadores deberán mantener a bordo un inventario de tales elementos que se determinará en función del servicio, perfil operacional y normas de seguridad de las instalaciones de máquinas.
Por lo tanto, el listado de elementos de respeto obligatorio se ha eliminado de la citada Ordenanza aunque la Compañía del buque podría utilizarlo como orientación para determinar qué elementos llevarán sus buques de acuerdo al tamaño, servicio y navegación.
