Presidencia de la Nación

Nuevas disposiciones para el transporte de materiales radiactivos

Las disposiciones incluyen criterios operativos y administrativos de la Norma Regulatoria AR 10.16.1, actualizada en septiembre de 2025

Las medidas abarcan la gestión de certificados de aprobación de diseños de bultos Tipo B (U) y materiales radiactivos en forma especial


La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) informa que el 12 de diciembre de 2025 entraron en vigencia las disposiciones y medidas operativas para la implementación de la Norma Regulatoria AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, Revisión 4, aprobadas por Resolución N° 704, publicada en Boletín Oficial en el día de la fecha.

Las disposiciones establecidas por la ARN buscan asegurar la continuidad operativa de los usuarios durante la transición ordenada hacia el cumplimiento de la revisión 4 de la Norma Regulatoria AR 10.16.1.

La actualización de la Norma de Transporte de Materiales Radiactivos, que se realizó en septiembre de 2025, introduce nuevas exigencias técnicas y administrativas, que abarcan la gestión de Certificados de Aprobación de diseños de bultos Tipo B (U) y de materiales radiactivos en forma especial (MRFE) para operaciones comerciales nacionales e internacionales.

En ambos casos, los usuarios que tengan Certificados de Aprobación vigentes a la fecha podrán continuar siendo utilizados dentro del territorio nacional y no deberán realizar ninguna gestión adicional.

En relación con los diseños de bultos Tipo B (U), que requieren la aprobación de la autoridad competente:

  • Los titulares de diseño que prevean la utilización de un modelo de bulto para exportación, aprobado bajo ediciones anteriores a la Norma AR 10.16.1, Revisión 4, deberán cumplir con lo establecido en el párrafo 820 de la misma, o bien solicitar a la ARN su recertificación mediante el formulario F-TMR-04, sin costo asociado, manteniendo la vigencia del certificado original;
  • Las empresas e instituciones que requieran la importación de bultos Tipo B (U), cuyo Certificado de Aprobación emitido por la autoridad competente del país de origen haya sido otorgado bajo ediciones anteriores a los Requisitos de Seguridad Específicos N°SSR-6, “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” (edición 2018) deberán solicitar a la ARN la aprobación multilateral mediante el formulario F-TMR-04, con un costo asociado equivalente a cinco horas regulatorias.

Respecto de los MRFE, que tienen que ajustarse a lo establecido en el párrafo 823 de la Norma AR 10.16.1, Revisión 4, la ARN estableció:

  • Autorizar un plazo excepcional de tres meses, contados a partir del 31 de diciembre de 2025, para permitir el ingreso al país de MFRE con Certificados de Aprobación otorgados bajo ediciones anteriores a los Requisitos de Seguridad Específicos N°SSR-6, “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” (edición 2018) y cuya fabricación sea posterior a la fecha mencionada;
  • Después del 31 de marzo de 2026, solo se autorizará el ingreso al país de MRFE que cumplan con las disposiciones establecidas en los Requisitos de Seguridad Específicos N°SSR-6, “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” (edición 2018)

Para consultas e informes sobre estas disposiciones, por favor contactarse al correo [email protected] o al teléfono (011) 6323-1708

Sobre la Norma Regulatoria AR 10.16.1 – Revisión 4

La Norma Regulatoria AR 10.16.1, Revisión 4 entró en vigencia el 18 de septiembre de 2025 y es de aplicación obligatoria en todo el territorio argentino y para todas las modalidades de transporte de materiales radiactivos (terrestre, acuática y aérea) en Argentina.

Esta Norma establece los requisitos de seguridad radiológica para el embalaje del contenido radiactivo, así como el control de los niveles de radiación externa, entre otros puntos fundamentales.

Esta nueva actualización adopta los Requisitos de Seguridad Específicos N°SSR-6, “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” (edición 2018) del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), a fin de alinear el marco regulatorio nacional con los estándares internacionales.

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