Presidencia de la Nación

ANMAT prohíbe el uso y comercialización de las especialidades medicinales que contengan BUFLOMEDIL


ANMAT informa a profesionales y empresas que, mediante la Disposición 7765/2019, prohibió el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan BUFLOMEDIL como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), en todas sus formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones.

La medida responde a una revalorización del coeficiente beneficio/riesgo, por falta de efectividad y persistencia de eventos adversos con especialidades medicinales por vía oral.

Los laboratorios titulares de certificados de especialidades medicinales que contengan BUFLOMEDIL deberán proceder al retiro del mercado de todas las unidades alcanzadas por esta medida, en un plazo de 90 días corridos a partir de hoy.

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