Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 70 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016

VISTO, las Leyes N° 26.160, N° 26.554, N° 26.894, el Decreto Reglamentario N° 1.122/07, el Decreto N° 700/10, las Resoluciones INAI N° 587/07, N° 456/11 y N° 369/12, el Expediente N° E-INAI-50267-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento técnico, jurídico y catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.160, reglamentaria y modificatorias, en la Comunidad Indígena Diaguita Calchaquí de Jasimana, ubicada en la localidad de Jasimaná, provincia de Salta, Personería Jurídica otorgada por la Resolución Ministerial N° 298/91 de la Inspección General de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de la provincia de Salta.

Que mediante Ley N° 26.160 se declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades Indígenas, cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554 y N° 26.894.

Que el Decreto N° 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.

Que por Resolución INAI N° 587/07 se crea el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas - Ejecución de la Ley N° 26.160, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma actual, tradicional y pública.

Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el marco del relevamiento territorial celebró un Convenio de Cooperación con el Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta, aprobado por Resolución INAI N° 456/11.

Que posteriormente a fin de relevar los territorios ocupados en forma actual, tradicional y pública por las Comunidades Indígenas de la provincia de Salta, las partes suscribieron un Convenio Específico, aprobado por Resolución INAI N° 369/12.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación ha procedido a realizar el control preventivo de legalidad del acto administrativo.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, Ley N° 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89, Decreto N° 357/02 y modificatorios, Decreto N° 12/16 y N° 284/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dese por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral en la Comunidad Indígena Diaguita Calchaquí de Jasimana, ubicada en la localidad de Jasimaná, provincia de Salta, Personería Jurídica otorgada por la Resolución Ministerial N° 298/91 de la Inspección General de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de la provincia de Salta, en virtud de la Ley N° 26.160 y sus prórrogas N° 26.554 y N° 26.894, los Decretos N° 1.122/2007 y Resolución N° 587/2007 del Registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.

ARTÍCULO 2° — Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Indígena Diaguita Calchaquí de Jasimana, respecto de la superficie georreferenciada que figura como Anexo I (IF-2016-02419763-APN-INAI#MJ).

ARTÍCULO 3° — Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — RAÚL EDUARDO RUIDIAZ, Representante Titular, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

e. 18/11/2016 N° 87394/16 v. 18/11/2016
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