Presidencia de la Nación

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 545/97

Bs. As., 27/11/97

B.O: 02/01/98

VISTO la Resolución ENARGAS N° 1 de abril de 1993, su similar N° 94 del 9 de noviembre de 1994 y N° 327 del 24 de mayo de 1996, el Artículo 52, inc. v) de la Ley N° 24.076, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENARGAS N° 1 se aprobó una estructura provisoria para el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, con el objetivo de dar inicio a la tramitación y resolución de los asuntos regidos por la Ley 24.076.

Que la provisoriedad de la citada estructura no fue relevada por el dictado de la Resolución ENARGAS N° 94, la que se limitó a modificar parcialmente las funciones asignadas a las Gerencias y a aprobar las correspondientes a la Unidad de Auditoría Interna, sin avanzar en aspectos atinentes al organigrama y a la distribución de cargos.

Que mediante la Resolución ENARGAS N° 327 se ha considerado, en términos reales el organigrama previsto en la Resolución ENARGAS N° 1, adecuándolo a las necesidades reales de funcionamiento, incorporándose la Unidad de Auditoria Interna y las Delegaciones y Agencias Regionales, no previstas en tal oportunidad, como así también la definición de las acciones de las distintas áreas del organismo.

Que con el transcurso del tiempo, las organizaciones no deben permanecer indiferentes a los cambios ante la dinámica y exigencias existentes, a fin de optimizar el funcionamiento para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley 24.076.

Que siguiendo el referido orden de ideas y para la debida consecución de los objetivos a asignar a cada área de gestión, se meritúa como de toda necesidad la reformulación de las acciones inherentes a la Secretaría del Directorio por medio de la creación de un nuevo grupo de trabajo que habrá de denominarse Gerencia de Relaciones Institucionales.

Que la especialidad de la competencia del área de Relaciones Institucionales, a la vez que permite la centralización de su temática en un grupo de trabajo determinado, permite asimismo detraer un considerable número de tareas del área de Secretaría del Directorio que naturalmente devendrá en una necesaria concentración funcional, y redundará en una eficacia acorde con el debido cumplimiento de las tareas asignadas.

Que la instrumentación de la estructura que se propicia por la presente, no acarreará mayores erogaciones que las debidamente previstas en el presupuesto de este organismo.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 52, inciso v) e la Ley 24.076.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE. NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°-Apruébase la modificación de la Estructura Orgánica del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, de conformidad con el Anexo I Organigrama; Anexo II Acciones; Anexo III Cargos.

ARTICULO 2° - Establécese que la puesta en vigencia de la nueva estructura que se aprueba por la presente no significa mayor erogación que las previstas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, en Presupuesto.

ARTICULO 3° - El presente acto entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.

ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese.- Ing. HUGO D. MUÑOZ, Director, Ente Nacional Regulador del Registro Oficial V. BUSI, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.- Ing. Hector E.FORMICA, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. - Presidente: Dr. RAUL E. GARCIA, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas.


ANEXO I

ACCIONES

Secretaria del Directorio

1-Asistir al Directorio

2-Programar las reuniones de directorio y confeccionar las Actas.

3-Comunicar y publicar las decisiones del Directorio.

4-Coordinar acciones intergerenciales.

5-Llevar el registro de entradas y salidas y el archivo de toda la documentación del Organismo

6-Certificar documentación emitida por el Organismo.

7-Derivar a los grupos de trabajo y/o al área específica la documentación ingresada.

8-Centralizar la elevación a los directores a cargo de los Grupos de Trabajo y al Directorio de los proyectos elaborados por los citados grupos.

9-Verificar el cumplimiento de la norma que regla el despacho y firma de la documentación emitida.

10.-Inventariar, resguardar y otorgar en préstamo el material bibliográfico e informativo.

11-Coordinar la publicación de normas propias de la actividad gasífera y del Informe anual previsto en el Art. 52, inciso s) de la Ley N° 24.076.

Gerencia de Relaciones Institucionales

1. Asistir al Directorio en la difusión de los objetivos de la regulación.

2. Coordinar la relación del Ente con las Licenciatarias del servicio de distribución y de transporte de gas, con autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, y organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores.

3. Promover el desarrollo de acciones orientadas a la educación de los consumidores acerca de sus derechos como clientes del servicio público de distribución de gas.

4. Coordinar la participación de funcionarios del Ente en conferencias, seminarios y/o actos realizados por las organizaciones cívicas y de servicio.

5. Intervenir en la recopilación y distribución de información sobre las decisiones regulatorias del ENARGAS a las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, y organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores.

6. Intervenir en la preparación de exhibiciones educativas (en eventos comunitarios, convenciones y ferias nacionales e internacionales).

7. Intervenir en las políticas de comunicaciones a usuarios y/u organismos defensores de los derechos de los usuarios.

8 Intervenir en la coordinación con otros Organismos Regulatorios nacionales e internacionales.

9. Ejercer las funciones que le sean expresamente delegadas por el Directorio.

ANEXO II

Prensa y Radiodifusión

1 - Relevar y transmitir internamente, a través de las Gerencias, toda información difundida por los medios de comunicación.

2 - Proponer al Directorio la realización de campañas de difusión de las actividades del Ente a través de los medios de comunicación.

3 - Difundir, a través de los citados medios, las decisiones y acciones del organismo.

4 - Coordinar la relación del Ente con los medios de comunicación.

5 - Coordinar la elaboración de un boletín informativo de circulares internas.

ANEXO III

Modificación categorías de Planta Permanente

Modificación
Categoría
BAJA
Secretario del Directorio
ALTA
Gerente

Composición de la Planta permanente por categorías

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