Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA


Secretaría de Coordinación Técnica

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Resolución 54/2004

Simplificación del régimen de información de los establecimientos de distribución minorista.

Bs. As., 17/5/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0000388/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y la Resolución N° 102 de fecha 27 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL establece, entre los derechos de los consumidores, el de la protección de sus intereses económicos, a una información adecuada y veraz y a la libertad de elección, con el objeto de que éstos puedan realizar en forma razonada la adquisición de bienes y servicios.

Que asimismo, la norma constitucional mencionada señala como deber de las autoridades el de proveer a la protección de esta clase de derechos y la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados.

Que el Artículo 4° de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor fija a quienes presten servicios, el deber de suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos.

Que el Artículo 43 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor establece entre las funciones de la Autoridad de Aplicación la de elaborar políticas tendientes a la defensa del consumidor.

Que el adecuado funcionamiento del mercado tiene como pilar fundamental que la información sea clara y se encuentre disponible en todo momento, y que los proveedores de bienes y servicios que deban brindarla la pongan a disposición en forma amplia.

Que el objeto de establecer una política de defensa del consumidor, en cuanto a la información que se les brinda, también requiere que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor conozca esa información.

Que atento a brindar mayor información a los consumidores respecto de los precios de una canasta de bienes de consumo final, expendidos a través de establecimientos de distribución minorista se ha dictado la Resolución Nº 102 de fecha 27 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que, a los fines de simplificar el régimen de información y ante consultas recibidas del sector, deviene necesario acotar la especificación de los productos identificados en el Anexo I de la referida resolución.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 41 y 43 incisos a), e) y concordantes de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACION TECNICA

RESUELVE:

Artículo 1° — A los fines de dar cumplimiento con lo establecido en el Anexo II —Instructivo— inciso g) de la Resolución Nº 102 de fecha 27 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA, podrá disponerse la información de todas las marcas comerciales en filas respetando la disposición establecida en dicho cuadro para el resto de la información.

Art. 2º — Identifícase el detalle de todos los atributos que caracterizan a los productos incluidos en el Anexo I de la Resolución Nº 102/03 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Leonardo Madcur.

ANEXO

*Indicar tipo de carne (novillo, novillito, ternera, etc.) y/o marca.

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