Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


Administración Federal de Ingresos Públicos

REGIMEN DE ADUANA EN FACTORIA

Resolución General 2550

Régimen de Aduana en Factoría (RAF). Resolución General N° 1673. Norma modificatoria y complementaria.

Bs. As., 2/2/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-123-2008 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 688 del 26 de abril de 2002 y su modificación creó un Régimen de Aduana en Factoría, para las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos industriales radicados en el país, que opten por acogerse al mismo y cumplan con los requisitos exigidos para su aplicación.

Que la Resolución Conjunta Nº 14 de la ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería y Nº 1424 de esta Administración Federal del 17 de enero de 2003 y su modificación prevé para los sujetos adheridos a este régimen la obligación de tener un sistema informático de control de inventarios.

Que en ese sentido, la Resolución General Nº 1673 estableció que los sectores industriales que ingresen al Régimen de Aduana en Factoría deberán proveer un sistema consensuado de seguimiento de stock, sin costo para esta Administración Federal.

Que en razón de los avances tecnológicos alcanzados se ha desarrollado el servicio informático denominado "Consulta Régimen de Aduana en Factoría" (CRAF), el cual posibilitará a través del servicio "web" la comunicación directa entre los beneficiarios del régimen y este Organismo.

Que consecuentemente, corresponde disponer su implementación en sustitución del mencionado sistema consensuado de seguimiento de stock.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Recaudación, el Departamento Grandes Operadores y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el sistema de transferencia electrónica de datos denominarlo "Consulta Régimen de Aduana en Factoría" (CRAF), a efectos del control de inventario y de movimientos de mercaderías de los sujetos adheridos al Régimen de Aduana en Factoría.

Dicho sistema opera a través del servicio "web" de esta Administración Federal y deberá ser utilizado obligatoriamente por los citados sujetos a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente, en reemplazo del previsto en el Anexo VII de la Resolución General Nº 1673.

Art. 2º — La incorporación a este nuevo sistema deberá solicitarse a la Dirección General de Aduanas —Departamento Grandes Operadores—, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente.

Art. 3º — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del décimo día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Déjase sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la presente, el Anexo VII "Requisitos Básicos del Sistema Consensuado de Seguimiento de Stock" de la Resolución General Nº 1673.

Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

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