Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE CULTURA


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1803/2021

RESOL-2021-1803-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-82620309- -APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en el año 2009 se sancionó en nuestro país la Ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, con el objetivo, entre otros, de promover y garantizar la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres.

Que dicha ley, junto a la Ley de 26.743 de Identidad de Género, es el principal marco normativo nacional en la materia y establece como obligación a cargo del MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD la elaboración, implementación y monitoreo de un Plan Nacional de Acción contra las violencias por motivos de género, a través del cual todos los Ministerios Nacionales han asumido distintos compromisos, para la transversalización de las políticas contra las violencias de género en el Gobierno Nacional.

Que la música y en particular las canciones, han sido históricamente, una herramienta de expresión y comunicación.

Que, en tal sentido, es necesario fomentar la construcción de un nuevo repertorio popular de canciones con letras con perspectiva de género, especialmente orientadas a reflexionar sobre las prácticas y conductas que reproducen las desigualdades y las violencias por motivos de género.

Que entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, mediante el Decreto Nº 50/19, se encuentra el de “(...) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas (...)”.

Que entre las acciones asignadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA, a través de la Decisión Administrativa Nº 1428/20, se encuentra la de “(…) Formalizar acciones culturales concertadas en torno a los diversos grupos sociales que por sus características presentan particularidades identitarias que deben ser atendidas con políticas específicas (…)” así como “(…) Fortalecer la diversidad cultural desde una perspectiva de género y fomentar una política activa de inclusión cultural”.

Que en este marco, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA, propician la realización del “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES POR UNA ARGENTINA SIN VIOLENCIAS DE GÉNERO”.

Que dicha convocatoria está orientada a la presentación de una obra musical cuya letra deberá incluir contenidos con perspectiva de género y diversidad que reflexionen sobre las prácticas y conductas que reproducen desigualdades y violencias por motivo de género.

Que, en virtud de las consideraciones precedentes, resulta oportuno aprobar la realización de la convocatoria y su reglamento técnico y establecer que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL oficiará como autoridad de aplicación del certamen.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos y competencias enunciados en la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y en el marco de las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso h) del Decreto Nº 392/86 y Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización del “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES POR UNA ARGENTINA SIN VIOLENCIAS DE GÉNERO” y su reglamento técnico de convocatoria, cuyos datos se detallan en el ANEXO I (IF-2021-82163688-APN-DNDYCC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($720.000.-) a la atención del pago de los premios detallados en el punto 7) del reglamento técnico aprobado por el Artículo 1°, de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Determinar que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones aprobado en el Artículo 1° y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/11/2021 N° 88036/21 v. 17/11/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 498/2021 de la Secretaría de Gestión Cultural B.O. 28/12/2021 se prorroga el plazo de inscripción al “CONCURSO FEDERAL DE CANCIONES POR UNA ARGENTINA SIN VIOLENCIAS DE GÉNERO”, hasta el día 17 de enero de 2022.)
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