Presidencia de la Nación

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 122/2013

ACTA Nº 1251

Expediente ENRE Nº 37.795/2013

Bs. As., 10/4/2013

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Establecer los plazos, formas, condiciones de acreditación y demás requerimientos que deberán ser observados por las Concesionarias de Generación Hidráulica de Energía Eléctrica de jurisdicción nacional, para la renovación de las garantías establecidas en los respectivos Contratos de Concesión, de acuerdo a lo descripto en el Anexo a la presente Resolución que es parte integrante de la misma.

2.- Todo incumplimiento a la presente Resolución y su Anexo, será pasible de las penalidades impuestas en los respectivos Contratos de Concesión.

3.- Notifíquese a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, a “HIDROELECTRICA EL CHOCON S.A.”, “DUKE ENERGY CERROS COLORADOS S.A.”, HIDROELECTRICA PICHI PICUN LEUFU”, “AES ARGENTINA GENERACION S.A.”, HIDROELECTRICA AMEGHINO S.A.”, “HIDROELECTRICA FUTALEUFU S.A.”, “HIDROELECTRICA LOS NIHUILES S.A.”, “HIDROELECTRICA TUCUMAN S.A.”, “HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A., “HIDROELECTRICA RIO HONDO S.A.”, e “HIDROELECTRICA PIEDRA DEL AGUILA S.A.”. Firmado: — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — MARIO H. DE CASAS, Presidente.

e. 17/04/2013 N° 22995/13 v. 17/04/2013
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