Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TRABAJO


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1210/2009

Registro Nº 1061/2009

Bs. As., 25/9/2009

VISTO el Expediente Nº 1.164.431/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la solicitud de homologación del Acuerdo, obrante a fojas 2/9 del Expediente Nº 1.328.810/09 (agregado al principal como fojas 135) suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 810/06 "E", entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE), y la empresa HIDROELECTRICA RIO HONDO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empleadora, conforme los detalles allí impuestos, y con vigencia a partir del 1 de enero de 2009.

Que de las constancias obrantes en autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con los ámbitos de la empresa signataria, como así con los de la Entidad Sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados; posteriormente procede remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones de Trabajo a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 810/06 "E", entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE), y la empresa HIDROELECTRICA RIO HONDO SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/9 del Expediente Nº 1.328.810/09 (agregado al principal como fojas 135), conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el instrumento homologado, obrante a fojas 2/9 del Expediente Nº 1.328.810/09 (agregado al principal como fojas 135).

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítase las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).

ARTICULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.164.431/06

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1210/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/9 del expediente 1.328.810/09, agregado como fojas 135 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 1061/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de mayo de 2009, se reúnen por un lado la Empresa HIDROELECTRICA RIO HONDO S.A., en adelante "la Empresa", con domicilio en calle Carlos Pellegrini 1427, 9º Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Vicepresidente Ing. Gustavo Daniel Bisutti DNI: Nº 18.142.819 y por la otra la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE) en adelante "La Asociación", con domicilio en calle Moreno 1140, Piso 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Diego R. Orellano DNI: Nº 5.271.176 y el Sr. Norberto Manzano DNI: Nº 13.489.678 en carácter de Presidente y Secretario de Relaciones laborales quienes con el objeto de reordenar la estructura salarial actualmente diversificada adecuándola a lo previsto en el CCT Nº 810/06 "E" vigente, ambas partes acuerdan lo siguiente:

1. Dejar sin efecto los actuales Códigos 20 (Adicional Personal), 70 (Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos otorgado voluntariamente por la empresa en el mes julio de 2008), 72 (Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos otorgado voluntariamente por empresa en el mes de Enero de 2008) y 73 (Adicional Especial Cuenta de Futuros Aumentos otorgados voluntariamente por la empresa durante años anteriores) del Recibo de Haberes reemplazándolos por único concepto salarial denominado "ADICIONAL ESPECIAL A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS" de carácter remunerativo, cuyo valor será igual a la sumatoria de los valores individuales de los códigos eliminados. Este procedimiento tiene por fin concentrar en un solo concepto remunerativo los Códigos 20, 70, 72 y 73 con el objeto de reordenar y adecuar las liquidaciones tal como se menciona precedentemente.

2. Con el mismo objeto se establecen nuevos Sueldos Básicos Mensuales para todas las Categorías, dejando sentado que los mismos reemplazan y dejan sin efecto a los incluidos en la convención colectiva vigente.

Los valores de los nuevos Sueldos Básicos Mensuales incorporan parte de las sumas correspondientes al ADICIONAL ESPECIAL definido en el punto precedente y la totalidad de las sumas establecidas por los Decretos del PEN Nº 392/03, Nº 1347/03 y Nº 1295/05, abonadas bajo los Códigos 3, 4 y 8 del Recibo de Haberes.

Dichos valores son los siguientes:

Categoría

Sueldo Básico Actual

Nuevo Sueldo Básico

I

1.200

2.262

II

1.300

2.403

III C

1.500

2.600

III B

1.600

2.782

III A

1.700

3.200

IV

1.850

3.975

V

2.000

4.500

3. Establecer nuevas sumas para la Bonificación por Antigüedad definida en el Artículo 30 inc. a) del CCT Nº 810/06 "E" vigente, cuyos valores son:

Hasta cinco años de servicio ........................................

$ 10 por año

Desde seis a quince años de servicio ...........................

$ 14 por año

A partir de dieciséis años de servicio ............................

$ 18 por año

Las diferencias surgidas en cada caso como consecuencia de efectuar el cálculo con los nuevos valores se compensarán hasta su concurrencia con la suma remanente del ADICIONAL ESPECIAL luego de aplicarse el punto precedente. La antigüedad incorpora los sucesivos aumentos otorgados voluntariamente por la Empresa. La diferencia entre los nuevos valores de Antigüedad determinados por la presente Acta Acuerdo y los antiguos valores de la misma, se descontará de la suma remanente del ADICIONAL ESPECIAL. Ello no modifica negativamente las remuneraciones brutas del personal vigentes al mes de diciembre 2008 y sólo se hace lugar a un reordenamiento de la estructura salarial.

4. Establecer un nuevo importe para la Bonificación por Uso de Corriente Eléctrica definida en el Artículo 31 del CCT Nº 810/06 "E" vigente, cuyo valor es pesos ochenta y cuatro ($ 84).

La diferencia surgida como consecuencia del incremento establecido se compensará hasta su concurrencia con la suma remanente del ADICIONAL ESPECIAL, luego de aplicarse los puntos 2 y 3 precedentes. La Bonificación por Uso de Corriente Eléctrica incorpora los aumentos otorgados voluntariamente por la Empresa pasando de $30 a $42, más un incremento adicional que eleva el nuevo valor a $ 84. La diferencia entre el nuevo valor de Bonificación por Uso de Corriente Eléctrica ($84) determinado por la presente Acta Acuerdo y el anterior valor ($30), se descontará de la suma remanente del ADICIONAL ESPECIAL. Ello no modifica negativamente las remuneraciones brutas del personal vigentes al mes de diciembre 2008 y sólo se hace lugar a un reordenamiento de la estructura salarial.

5. Con referencia a la aplicación de los puntos 2, 3 y 4 precedentes cabe destacar que en caso que las sumas remanentes del ADICIONAL ESPECIAL resulten insuficientes se abonarán igualmente los conceptos correspondientes generándose en consecuencia un incremento de las remuneraciones.

6. Aplicados los puntos precedentes quedará definida una estructura salarial de carácter remunerativo conformada por el Sueldo Básico Mensual, la Bonificación por Antigüedad, la Bonificación por reintegro de luz y el Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos.

A partir de la presente los incrementos salariales dispuestos voluntariamente por la Empresa y/o acordados con la Asociación se aplicarán sobre todos los conceptos excepto el Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos.

Los incrementos dispuestos y/o acordados, mediante porcentuales y/o sumas fijas, serán absorbidos hasta un veinticinco por ciento (25%) de su valor por el concepto Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos. Este último procedimiento tiene por objeto eliminar a futuro el concepto Adicional Especial a Cuenta de Futuros Aumentos transfiriendo gradualmente su importe a los institutos remunerativos convencionales.

7. Reemplazar el ANEXO I (descripción de Cargos) y ANEXO II (Niveles) del CCT Nº 810/06 "E" vigente, por el siguiente:

ANEXO I

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 1

NOMBRE DEL CARGO: Responsable de Control de Ingresos y Mercadeo

MISION: Control de Ingresos y Débitos en complejos hidroeléctricos por su participación tanto en Mercado SPOT como a término.

Responsable ante CAMMESA de los sistemas SMEC.

Gestión comercial con grandes usuarios (Gume y Guma) por venta de energía en mercado a término.

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 2

NOMBRE DEL CARGO: Jefe de Central Energética

MISION: Organizar, programar, dirigir y supervisar las actividades desarrolladas por el personal a cargo, referentes a las operaciones y procesos técnicos necesarios, a los efectos de lograr una óptima y eficiente gestión de la central a su cargo, bajo parámetros estandarizados de seguridad industrial y medio ambiente.

Dedicación: Semana Calendario con atención del resto de la semana.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 3

NOMBRE DEL CARGO: Jefe de Mantenimiento Eléctrico

MISION: Organizar, dirigir y supervisar los trabajos de mantenimiento eléctricos de las unidades de generación y producción. Realizar la supervisión del personal a su cargo.

Dedicación: Semana Calendario con atención del resto de la semana.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 4

NOMBRE DEL CARGO: Jefe de Mantenimiento Mecánico

MISION: Programar, dirigir los trabajos de mantenimiento Mecánicos de las unidades de generación y producción. Realizar la supervisión del personal a su cargo.

Dedicación: Semana Calendario con atención del resto de la semana.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 5

NOMBRE DEL CARGO: Jefe de Mantenimiento Civil

MISION: Coordinar con el jefe de mantenimiento de Obras Civiles, el desarrollo, seguimiento e inspección de las obras llevadas adelante por la Gerencia de Mantenimiento. Realizar la supervisión de la aptitud, desempeño, y control de la calidad de contratistas.

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 6

NOMBRE DEL CARGO: Supervisor de Mantenimiento Mecánico

MISION: Dirigir y supervisar todas las tareas y trabajos de mantenimiento mecánico y control que requieran las unidades operativas.

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 7

NOMBRE DEL CARGO: Supervisor de Mantenimiento Eléctrico

MISION: Dirigir y supervisar todas las tareas y trabajos de mantenimiento Eléctrico y control que requieran las unidades operativas.

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO N’ 8

NOMBRE DEL CARGO: Supervisor en Generación A/B/C

MISION: Realizar la secuencia de arranque, operación y parada de unidades generadoras por tareas de mantenimiento programado, normalización de la red, puesta en servicio de nuevas instalaciones o emergencias, cumpliendo con los estándares de la empresa, CAMMESA, seguridad industrial y medio ambiente.

El Supervisor en Generación "A" es la persona que por su eficiencia e idoneidad en el trabajo logra la máxima categoría de Supervisor en Generación.

El Supervisión en Generación "B" es quien tiene una experiencia de más de 2 años y ha superado la etapa de formación en el cargo.

Esta categoría es la base para afianzar todas las aptitudes técnicas y personales necesarias para alcanzar la máxima categoría de Supervisor en Generación.

El Supervisor en Generación "C" es el supervisor en formación, ingresante, sin experiencia. DEDICACION: Guardia Rotativa de turno continuado.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 9

NOMBRE DEL CARGO: Analista Administrativo

MISION: Analizar, controlar, elaborar y procesar información rutinaria o no, de tipo técnico administrativo, así como efectuar tramitaciones y gestiones relevantes inherentes a los diferentes procesos y operaciones de la Empresa.

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 10

NOMBRE DEL CARGO: Analista - Asistente en Mantenimiento Unificado

MISION: Ejecutar la planificación de las tareas de mantenimiento. Control y seguimiento del cumplimiento de las tareas de mantenimiento. Apoyo administrativo a las áreas de mantenimiento: Civil y electromecánica (Manejo de notas, Biblioteca y plano teca técnica).

Dedicación: Semana Calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 11

NOMBRE DEL CARGO: Secretaría de Gerencia General.

MISION: Asistencia a Gerencia General y Apoyo Administrativo y a otras gerencias.

Dedicación: Semana calendario.

DESCRIPCION DEL CARGO Nº 12

NOMBRE DEL CARGO: Encargado de Compras.

MISION: Realizar las compras de la organización de manera centralizada para facilitar el control y para una mayor eficiencia en la calidad, precios, plazos de entrega y calidad de proveedores.

Dedicación: Semana calendario.

ANEXO II (NIVELES)

8. Todas las disposiciones incluidas en la presente Acta tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2009, previa homologación de la misma.

9. Ambas partes dejan constancia que las condiciones pactadas mediante la presente no modifican negativamente las remuneraciones brutas del personal vigentes al mes de Diciembre de 2008 y sólo se hace lugar a un reordenamiento de la estructura salarial que en todo caso origina un ajuste en más de las mismas. En consecuencia, no surgen de lo pactado diferencias económicas a compensar al personal alcanzado.

Leída y ratificada la presente Acta Acuerdo en todos sus términos, las Partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, elevándose la misma a la Autoridad de Aplicación para su correspondiente homologación.

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