Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

Resolución 114-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2017

VISTO el Expediente N° S01:0543134/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 40 de fecha 17 de agosto de 2010 y 208 de fecha 22 de octubre de 2013, ambas del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y 212 de fecha 23 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificatorios se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de Pequeñas y Medianas Empresas en Parques Industriales Públicos.

Que atento la necesidad de contar con una base estadística actualizada de la oferta de predios aptos para la radicación industrial en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, como así también de la nómina de empresas instaladas en el marco del citado Programa, por el Artículo 2º del mencionado decreto se dispuso la creación de un Registro Nacional de Parques Industriales.

Que el Artículo 32 del Anexo del decreto mencionado establece que todo Parque Industrial Público interesado podrá inscribirse en el mencionado Registro.

Que por el Artículo 3° del citado decreto se designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa.

Que por la Resolución N° 212 de fecha 23 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se delegó en el señor Secretario de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN las funciones de coordinación y ejecución del “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario”.

Que por la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa.

Que por el Artículo 3° del Anexo de la resolución mencionada en el considerando precedente, se extendió a los Parques Privados y Mixtos la posibilidad de incorporarse al Registro Nacional de Parques Industriales.

Que el Artículo 8° del Anexo de la Resolución N° 40/10 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA establece que la inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales tendrá una vigencia de TRES (3) años, contados a partir de la fecha de emisión del certificado que así lo dispuso.

Que por la Resolución N° 208 de fecha 22 de octubre de 2013 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se prorrogó por TRES (3) años la vigencia de la inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales, contados a partir de la fecha de expiración de la inscripción de cada Parque.

Que resulta necesario establecer un procedimiento por el cual los Parques públicos, privados o mixtos, interesados en permanecer en el Registro Nacional de Parques Industriales, puedan renovar sus inscripciones ante el vencimiento del plazo de las mismas.

Que por razones operativas se considera oportuno extender por el plazo de UN (1) año la vigencia de las inscripciones en el Registro mencionado, de todos aquellos parques industriales cuyos vencimientos operen entre el día 1 de octubre de 2016 y el día 30 de junio de 2017.

Que, en el contexto planteado, las medidas adoptadas se tornan imprescindibles a efectos de lograr la consecución del citado Programa.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto N° 915/10 y sus modificatorios y la Resolución N° 212/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase por el plazo de UN (1) año la vigencia de las Inscripciones en el Registro Nacional de Parques Industriales creado por el Artículo 2° del Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus modificatorios, de todos aquellos Parques Industriales Públicos, Privados o Mixtos cuyos vencimientos operen entre el día 1 de octubre de 2016 y el día 30 de junio de 2017 inclusive.
El plazo de prórroga se contará desde la fecha de vencimiento de la inscripción de cada Parque en particular.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el procedimiento previsto en el Artículo 8° del Anexo de la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA para la Renovación de Inscripciones en el Registro Nacional de Parques Industriales que como Anexo I, IF-2017-02155383-APN-SECIYS#MP, con Anexos I.I y I.II, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el “Formulario de Solicitud de Renovación de Inscripción”, el que como Anexo II, IF-2017-02155477-APN-SECIYS#MP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el “Certificado de Renovación”, que como Anexo III, IF-2016-04142685-APN-DPI#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Martín Alfredo Etchegoyen.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/02/2017 N° 9887/17 v. 22/02/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII).
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