Presidencia de la Nación

Resolución 5 / 2024

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)


INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

PRACTICAS ENOLOGICAS LICITAS - APROBACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 20-Mar-2024
Resumen:

APRUEBASE COMO PRACTICA ENOLOGICA LICITA, LA “DESALCOHOLIZACION DEL VINO”. APRUEBASE COMO PRACTICA ENOLOGICA LICITA, LA CORRECCION DEL CONTENIDO DE ETANOL DEL VINO COMO MAXIMO HASTA UN VEINTE POR CIENTO (20%). EL PRODUCTO OBTENIDO POR ESTA PRACTICA MANTENDRA SU DENOMINACION LEGAL SEGUN LA NORMATIVA VIGENTE. INCORPORASE AL ARTICULO 17 DE LA LEY GENERAL DE VINOS Nº 14.878 COMO “VINO PARCIALMENTE DESALCOHOLIZADO”. INCORPORASE AL ARTICULO 17 DE LA LEY GENERAL DE VINOS Nº 14.878 COMO “VINO DESALCOHOLIZADO O VINO SIN ALCOHOL” AL PRODUCTO OBTENIDO POR DESALCOHOLIZACION DEL VINO QUE PRESENTA UN CONTENIDO ALCOHOLICO MENOR A CERO COMA CINCO POR CIENTO VOLUMEN (0,5 % VOL.). DEROGANSE LAS RESOLUCIONES NROS. RESOL-2018-6-APN-INV#MPYT Y RESOL-2018-7-APNINV#MPYT, AMBAS DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2018.

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