Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


ARMAS DE FUEGO

Ley 26.644

Prorrógase el plazo de vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.

Sancionada: Octubre 13 de 2010

Promulgada: Noviembre 15 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de DOS (2) años a partir de la entrada en vigencia de la presente, del PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO creado por Ley Nº 26.216 y prorrogado por Decreto Nº 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por Ley Nº 26.520.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

— REGISTRADO BAJO EL N° 26.644 —

JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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