MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
AGUA POTABLE POR HABITANTE Y POR DIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Ago-2012
Resumen:
ESTABLECER EN CIEN (100) LITROS DE AGUA POTABLE POR HABITANTE Y POR DIA EL CAUDAL MINIMO A PROVEER POR AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA) CUANDO SE DEN LOS EXTREMOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 81 DEL MARCO REGULATORIO Y EN EL CAPITULO VIII.9 DEL INSTRUMENTO DE VINCULACION ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA).