Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ENERGETICO


MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

Disposición 1/2022

DI-2022-1-APN-SSPE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-64568815-APN-SE#MEC, la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales, el Decreto N° 332 de fecha 16 de junio de 2022, la Resolución N° 467 de fecha 27 de junio de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 332 de fecha 16 de junio de 2022 se creó bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA el REGISTRO DE ACCESO A LOS SUBSIDIOS A LA ENERGÍA (RASE), teniendo como base las declaraciones juradas presentadas por los usuarios y las usuarias de los servicios energéticos.

Que, en observancia a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y predictibilidad en el diligenciamiento de los trámites que persigue esta Administración Nacional, corresponde la aprobación de la Base de Datos Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos en formato digital, a la cual se le deberán proveer medidas informáticas de máxima seguridad.

Que el citado registro conformará el padrón de beneficiarios y beneficiarias del régimen de subsidios para las usuarias y usuarios del servicio.

Que, asimismo, a través de la Resolución N° 467 de fecha 27 de junio de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se instruyó a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO a constituir, poner en funcionamiento y mantener actualizado el citado registro.

Que por el Artículo 21 de la Ley N° 25.326, se establece la obligatoriedad de la inscripción de todo archivo, registro, base o banco de datos público, y privado destinado a proporcionar informes.

Que, resulta oportuno solicitar a la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS Y PAÍS DIGITAL de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que adopte las medidas necesarias para la integración de la Base de Datos Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos en formato digital, en https://www.argentina.gob.ar como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el Artículo 3° de la Resolución N° 467/2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Base de Datos para el REGISTRO DE ACCESO A LOS SUBSIDIOS A LA ENERGÍA (RASE), Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos, cuyas características se detallan en el Anexo (IF-2022-65142067-APN-SSPE#MEC), que integra esta medida, en los términos del Artículo 22 de la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales, con la finalidad de centralizar los datos recabados en el marco de la implementación de la solicitud de subsidios a los servicios de gas natural y energía eléctrica a través de https://www.argentina.gob.ar

ARTÍCULO 2°.- Inscríbase la Base de Datos aprobada en el Artículo 1° conforme lo previsto en el Artículo 21 de la Ley Nº 25.326.

ARTÍCULO 3°.- A los fines de la implementación de la Base de Datos del REGISTRO DE ACCESO A LOS SUBSIDIOS A LA ENERGÍA (RASE), Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos en formato digital, solicítase a la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS Y PAÍS DIGITAL de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS arbitrar los medios necesarios para su integración en https://www.argentina.gob.ar como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago López Osornio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/06/2022 N° 48387/22 v. 29/06/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I

BASE DE DATOS “declaración jurada de servicios públicos'

Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326

ARTICULO 22. — (Archivos, registros o bancos de datos públicos)

a) Características y finalidad del archivo;

La BASE DE DATOS 'denominada DECLARACION JURADA DE USUARIOS DE SERVICIOS' (en adelante, la “Base de Datos”) receptará por parte de sus usuarios/as datos vinculados con la solicitud de subsidios a los servicios públicos de gas y electricidad a través de una herramienta informática, con la finalidad de obtener información útil en el marco de los alcances de los subsidios.

b) Personas respecto de las cuales se pretenda obtener datos y el carácter facultativo u obligatorio de su suministro por parte de aquéllas;

La Base de Datos contendrá datos personales de los usuarios/as, datos del domicilio, números de CLIENTE/CUENTA/SERVICIO/NIS de suministro de luz y gas, datos de ingresos y composición familiar, datos respecto al patrimonio, datos en torno al tipo de empleo.

c) Estructura básica del archivo, informatizado o no, y la descripción de la naturaleza de los datos que contendrán.

La Base de Datos es informatizada y su estructura está conformada al menos por los siguientes campos:


d) Órganos responsables del archivo, precisando dependencia jerárquica en su caso;

El órgano responsable es la Subsecretaria de Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.

e) Las oficinas ante las que se pudiesen efectuar las reclamaciones en ejercicio de los derechos de acceso, rectificación o supresión.

Subsecretaría de Gobierno Abierto y País Digital de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, sita en Avda. Pte. Roque Sáenz Peña 511, primer piso de la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, las presentaciones se podrán realizar a través de la Mesa de Entradas Virtual de la Secretaría de Innovación Pública mediante la plataforma TAD https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/iniciopublico, conforme el procedimiento aprobado por la Resolución de la citada Secretaría N° 25 de fecha 28 de abril de 2020.

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